BELIZARIO/BELLOLIO
Rol
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Enrique Antonio Peña Tolosa, abogado, por sí y a favor de Juan José Belizario Laya, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada con fecha 31 de marzo de 2021. Sostiene que las garantías y derechos constitucionales resultan afectados por el excesivo tiempo de tramitación de la solicitud de permanencia definitiva, ya que desde la fecha de su presentación, esto es, 31 de marzo de 2021 hasta la época de interposición del recurso, han transcurrido 1 año y 1 mes, sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada por la parte recurrente. Cita los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, aludiendo a los principios de celeridad y de economía procedimental. En virtud de lo expuesto, pide que se acoja la acción de protección, ordenando a la recurrida que se pronuncie sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que, la entidad recurrida, evacúa y amplía informe, requiriendo el rechazo de la acción entablada, fundado en que el día 2 de septiembre de 2020, el extranjero solicitó permiso de permanencia definitiva. Indica que mediante la Comunicación electrónica folio N° 19037410, de fecha 5 de octubre de 2021, del Servicio Nacional de Migraciones, enviada al correo electrónico aportado por el solicitante juanbelizario93@gmail.com, se informó al recurrente que su solicitud era incompleta o insuficiente, específicamente por: 1) Certificado de Vigencia del Contrato i. Sin Legalización Notarial: El documento no se encuentra legalizado ante nota
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción constitucional de protección interpuesta en favor de Juan José Belizario Laya en contra del Departamento de Extranjería y Migración hoy Servicio Nacional de Migraciones, por pérdida de oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-36697-2022 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señor Juan Manuel Muñoz Pardo, la Ministra (S) señora Isabel Margarita Zuñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, trece de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de octubre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 19: a lo principal y primer otrosí: téngase presente. Al segundo otrosí: por acompañados. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Enrique Antonio Peña Tolosa, abogado, por sí y a favor de Juan José Belizario Laya, quien interpone acción de protección en contra del Departamento de Extranje
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