CORREA/THAYER (CEBALLO)
Rol
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Correa Fuentes, abogado quien interpone acción de protección en favor de Maryure Agustina Ceballo Molinares, venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada el 18 de marzo de 2021. Precisa que han transcurrido más de 1 año y 3 meses, sin que a la fecha haya recibido alguna respuesta por parte de la recurrida, situación que lo ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre, dicha demora implica una inestabilidad emocional y un estado de indefensión. Hace presente que dicho estado de indefensión en la que se encuentra la recurrente ha sido sin límite en el tiempo, toda vez que Extranjería hace de éste un trámite indefinido, arbitrario y sorpresivo, sin resguardar el principio de celeridad, contemplado en el artículo 7 de la Ley N° 19.880. Señala que las garantías y derechos constitucionales resultan afectados por el excesivo tiempo de tramitación para dar respuesta a su solicitud, sin que a la época de interposición del recurso se haya emitido un acto administrativo que otorga o rechaza la permanencia definitiva. Cita los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, destacando los artículos 7 y 27, que consagran el principio de celeridad, esto es, que el procedimiento sometido al criterio de celeridad se impulsará de oficio en todos sus trámites. Añade que dicha norma, establece que las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. Asimismo, el artículo 9, se refiere al princi
Fallo
por tanto en situación migratoria regular en el país. TERCERO: Que, ahora bien, en lo que atañe al quid del asunto que es materia de este arbitrio, aparece pertinente recordar que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Consecuentemente, constituye requisito indispensable de admisibilidad de la acción cautelar de protección la constatación de la existencia de un acto ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quien incurre en él, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el citado artículo 20 de la Carta Fundamental. CUARTO: Que luego de lo dicho, lo cierto es que del mérito de los antecedentes que han sido allegados, es posible constatar que el supuesto fáctico que fundamenta la petición de protección no subsiste en la actualidad, puesto que con fecha 11 de octubre de 2022 el recurrido resolvió la petición de permanencia definitiva planteada por la parte recurrente en el procedimiento administrativo de rigor establecido, tal com
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de octubre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 9: a lo principal: téngase presente. al otrosí: por acompañado. Proveyendo el escrito folio 10: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jorge Correa Fuentes, abogado quien interpone acción de protección en favor de Maryure Agustina Ceballo Molinares, venezolana,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica