FERNANDEZ/MUTUAL DE SEGURIDAD CCHC
Rol
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS: El recurso de nulidad interpuesto por el abogado Tomás Mansilla Fuentealba contra la sentencia definitiva dictada el 22 de abril de 2022 por la Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en la causa RIT O-913-2021, RUC 2140355647-2, acogiendo la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por el trabajador, Álvaro Fernández Osorio, contra su empleador, la Mutual de Seguridad, su representada, por el cual pretende se la invalide, dictándose sentencia de reemplazo que la rechace en todas sus partes, en subsidio, que declare procedente el descuento hecho por concepto de aporte del empleador a la Administradora de Fondos de Cesantía, AFC. Fundamenta este recurso en las causales de nulidad de las letras b) del artículo 478, en subsidio, en la del artículo 477, segunda parte, en relación con el artículo 161, inciso 1, todas del Código del Trabajo, en subsidio, con los artículos 13 y 52 de la Ley 19.728, de 2001, sobre Seguro de Desempleo, en las que habría incurrido la sentencia recurrida en razón de las consideraciones que expone. En la vista de la causa, escucharon la relación y alegaron los abogados, Diego Lizama Castro, por el recurso, y Catherine León Torres, contra el mismo, quedando la causa en estado de acuerdo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el trabajador, Álvaro Fernández Osorio, demandó a la Mutual de Seguridad, su empleador, pidiendo, en definitiva,
Fallo
se declarara injustificado su despido, ocurrido el 25 de agosto de 2021 por necesidades de la empresa y, a causa de ello, se la condenara al pago de las indemnizaciones y prestaciones laborales que especificó, pretensión que la demandada, contestando, pidió se la rechazará, en todas sus partes, en razón de las excepciones y alegaciones que opuso y expuso, controversia ésta que la Juez a quo, en definitiva, fundada en las consideraciones de hecho y de derecho que expresa y las normas legales que especifica, resolvió acogiendo la demanda del trabajador declarando injustificado su despido y, como consecuencia, condenó a la demandada al pago de las prestaciones laborales que señala debiendo cada parte pagar sus costas. SEGUNDO: Que, el recurrente pretende se invalide esta sentencia, primero, por incurrir en la causal de nulidad de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo toda vez que, conforme sus alegaciones, la Juez a quo habría infringido de modo manifiesto “las normas sobre apreciación de la prueba conforme las reglas de la sana crítica”, en particular, la “regla lógica de la derivación”, esto es, aquella que establece “que cada pensamiento debe provenir de otro con el cual está relacionado”, infracción que habría cometido, específicamente, al razonar, como lo hace la Juez a quo, en el considerando Décimo Séptimo de su sentencia. TERCERO: Que, al respecto, el recurrente le imputa a la Juez a quo infringir esta regla de la lógica al afirmar que “el trabajador habr
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Antofagasta, a trece de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: El recurso de nulidad interpuesto por el abogado Tomás Mansilla Fuentealba contra la sentencia definitiva dictada el 22 de abril de 2022 por la Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en la causa RIT O-913-2021, RUC 2140355647-2, acogiendo la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales int
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