BANCO DE CHILE CON ALEJANDRO BORIS ORTIZ ARRIAGADA
Rol
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Corte 665-2022 Civil, el abogado Jaime Carrasco Moraga, por la parte demandada, apela la sentencia definitiva de veinticinco de enero de dos mil veintidós, alegando una excepción de prescripción parcial de la acción, para que en definitiva se modifique, declarando prescrita la acción respecto de las cuotas del pagare correspondiente al 05/02/2018 hasta el 05/05/2020 o por el periodo que corresponda. 2.- En esta instancia, además, opone excepción de prescripción de acuerdo al artículo 310 del Código de Procedimiento Civil. En síntesis, señala que la presente acción de cobro de pesos, emana de un pagaré N°225137254190046773, suscrito el día 24 de junio del 2016, por su representado, por la suma de $24.816.291, pagadero en 72 cuotas mensuales y sucesivas, la primera cuota se pagó el 5/7/2016 por un valor de $320.310 y las71 restantes a partir del 5/8/2016 y de un calor de $455.780.- Sostiene que el actor reconoce que su representado pagó hasta la cuota N°18, por la cantidad de $4.937.078, dejando de pagar la cuota número 19, con vencimiento el 05 de febrero de 2018. La demanda fue presentada con fecha 30/03/2021 y aparece notificada a folio 13, con fecha 06/05/2021, por lo que, al momento de la notificación de la presente demanda, el día 06/05/2021, tenía pendiente el pago de las dos últimas cuotas y atrasadas las cuotas que van desde el 05/02/2018 hasta el día 05/05/2021. Tal como se ha señalado en los numerales anteriores, lo que es objeto de la presente demanda es la deuda que emana de un pagaré, del señala la actora, no se pagó desde la cuota correspondiente al 5/02/2018, siendo el caso que la presente demanda se notificó a esta parte el día 06/05/2021, fecha en que ya estaban prescritas todas las cuotas con fecha anterior al 05/05/2020, cuya declaración demando, por lo que acogiéndose la excepción, quedarían, de este modo, pendientes de pago las cuotas que van desde 05/06/2020 hasta el 05/07/2021,
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se decide que: I.- Se rechaza, con costas, las excepción de prescripción deducida por la parte demandada apelante. II.- Se confirma, sin costas, la sentencia definitiva de veinticinco de enero de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. N°Civil-665-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción rtp Concepción, trece de octubre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Corte 665-2022 Civil, el abogado Jaime Carrasco Moraga, por la parte demandada, apela la sentencia definitiva de veinticinco de enero de dos mil veintidós, alegando una excepción de prescripción parcial de la acción, para que en definitiva se modifique, declar
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