Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Valparaíso

VIDAL/FUNDACION INSTITUTO PROFESIONAL DUOC UC

Rol

J-10-2021

Fecha

24 de marzo de 2021

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 13 de febrero de 2021 comparece don ROBERTO IBARRA VIDELA, abogado, domiciliado en Miraflores N° 178, piso N° 13, comuna de Santiago, en representación de la ejecutada de autos, FUNDACION INSTITUTO PROFESIONAL DUOC UC, domiciliada en Álvarez N° 2366, ciudad de Viña del Mar, quien estando dentro de plazo, opone la excepción de pago de la deuda. Inicia su defensa señalando que, según da cuenta el comprobante de depósito que acompaña de fecha 12 de febrero de 2021, su representada pagó a la ejecutante la suma de $1.729.409 (un millón setecientos veintinueve mil cuatrocientos nueve pesos), correspondientes a total de la suma contenida en el proyecto de finiquito que le fuera presentado. Agrega que el depósito se efectuó en la cuenta N° 11119905 del Banco Santander a nombre de la ejecutante de autos, doña MARÍA CECILIA VIDAL CARRILLO. Es por estas consideraciones que pide se sirva tener por opuesta la excepción de pago, acogerla a tramitación y, en definitiva, rechazar la ejecución, con costas. Que con fecha 17 de febrero de 2021 comparece don ENRIQUE TOLEDO ALDUNATE, abogado, por la parte ejecutante, quien dentro de plazo evacua el traslado conferido por con fecha 16 de febrero del presente año, solicitando el rechazo de la excepción de pago deducida en los términos planteados, por los siguientes

Fundamentos

fundamentos: Manifiesta que con fecha 4 de febrero de 2021, este tribunal dictó mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $1.733.387 (un millón setecientos treinta y tres mil trescientos ochenta y siete pesos). Agrega que que la carta de despido de autos, indica como monto a pagar la suma de $1.729.409 (un millón setecientos veintinueve mil cuatrocientos nueve pesos), el que es específicamente cuantificado en la carta bajo la glosa “Total de Indemnizaciones”. Asimismo, la parte ejecutada, contumazmente y desatendiendo el mandamiento de ejecución y posterior requerimiento de pago, sólo consigna la suma de $1.729.409 (un millón setecientos veintinueve mil cuatrocientos nueve pesos), de modo que mal puede entenderse pagada la deuda, motivo por el cual procederá rechazar en todas sus partes la presente excepción, con costas. Es

Fallo

por estas consideraciones que pide se sirva tener por opuesta la excepción de pago, acogerla a tramitación y, en definitiva, rechazar la ejecución, con costas. Que con fecha 17 de febrero de 2021 comparece don ENRIQUE TOLEDO ALDUNATE, abogado, por la parte ejecutante, quien dentro de plazo evacua el traslado conferido por con fecha 16 de febrero del presente año, solicitando el rechazo de la excepción de pago deducida en los términos planteados, por los siguientes fundamentos: Manifiesta que con fecha 4 de febrero de 2021, este tribunal dictó mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $1.733.387 (un millón setecientos treinta y tres mil trescientos ochenta y siete pesos). Agrega que que la carta de despido de autos, indica como monto a pagar la suma de $1.729.409 (un millón setecientos veintinueve mil cuatrocientos nueve pesos), el que es específicamente cuantificado en la carta bajo la glosa “Total de Indemnizaciones”. Asimismo, la parte ejecutada, contumazmente y desatendiendo el mandamiento de ejecución y posterior requerimiento de pago, sólo consigna la suma de $1.729.409 (un millón setecientos veintinueve mil cuatrocientos nueve pesos), de modo que mal puede entenderse pagada la deuda, motivo por el cual procederá rechazar en todas sus partes la presente excepción, con costas. Es por estas consideraciones y en mérito de lo expuesto, que solicita a este tribunal se sirva tener por evacuado traslado conferido y, en mérito de lo expuesto, rechazar excepción de pa

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37 VIDAL CON FUNDACION INSTITUTO PROFESIONAL DUOC UC MATERIA: EJECUTIVO LABORAL RIT: J-10-2021 REGISTRO N° 10 Valparaíso, veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS: Que con fecha 13 de febrero de 2021 comparece don ROBERTO IBARRA VIDELA, abogado, domiciliado en Miraflores N° 178, piso N° 13, comuna de Santiago, en representación de la ejecutada de autos, FUNDACION INSTITUTO PROFESIONAL D

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