SIN INFORMACION

HERNANDEZ MORA GUILLERMO ALEJANDRO/4° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

12 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 4 de octubre de 2022, comparece don Cristian Gonzalo Mardones Flores, actuando en nombre y a favor de Guillermo Hernández Mora, e interpone recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la magistrada del 4° Juzgado de Garantía de Santiago, señora Andrea Díaz-Muñoz Bagolini, de fecha 27 de septiembre de 2022, que negó lugar a abonar 14 días en causa diversa a su representado. Invoca que con la misma se vulnera la libertad individual de su representado, pidiendo se acoja su recurso, declarando que su representado tiene cumplida la pena a la que fue condenado en procedimiento abreviado, disponiendo su libertad. Sostiene que con fecha 27 de septiembre del presente año, se realizó procedimiento abreviado respecto de su representado, siendo condenado a 600 días por diversos delitos patrimoniales, y a 61 días por el delito de ejercicio ilegal de la profesión. Precisa que su representado a esa fecha tenía 647 días privado de libertad bajo la cautelar de prisión preventiva. Agrega que se leyó el certificado emanado del Juzgado de Garantía de Colina, de causa Rit 6123-2017, donde el amparado estuvo 26 días con arresto domiciliario total, sin que dichos días hubiesen sido abonados a esa u otra causa. No obstante, señala que la magistrada que presidió la audiencia rechazó abonar 14 de esos días a la causa donde se realizaba el procedimiento abreviado ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Alega que el único argumento esgrimido dice relación con que la causa cuyos días se solicitaba su abono “no estaba afinada”, por lo que podía ser objeto de revocación el beneficio y, en dicho caso, se deberían contabilizar esos abonos. Manifiesta que lo resuelto es erróneo ya que se reconoce la posibilidad de realizar abonos heterogéneos -no siendo discutido por los intervinientes-, y porque en ningún caso los dispuesto en el artículo 26 del Código Penal, y en el artículo 348 inciso segundo del Código de Procedimiento Pena

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en nombre y a favor de don Guillermo Hernández Mora, y en contra de resolución de la Jueza del 4° Juzgado de Garantía de Santiago, Andrea Diaz-Muñoz Bagolini, por pérdida de oportunidad. Regístrese, comuníquese, y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3686-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla, el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Cordova Alarcon y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, doce de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de octubre de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 11 y 12: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 4 de octubre de 2022, comparece don Cristian Gonzalo Mardones Flores, actuando en nombre y a favor de Guillermo Hernández Mora, e interpone recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la magistrada del 4°

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