SIN INFORMACION

GÓMEZ/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA

Rol

Fecha

12 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DE FALLO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Compare Francisco Zambrano Meza, abogado, en representación de María Javiera Gómez Urriola, deduciendo recurso de protección en contra de la 1) SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, 2) la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ, y 3) la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de tres licencias médicas, extendidas por un plazo total de 60 días de reposo a contar del día 30 de mayo de 2021, por estimar que el reposo no se encontraba justificado, con lo que estima se ha perturbado y amenazado el legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 numerales 1, 2, 18 y 24 de la Constitución Política. Solicita se acoja el recurso y en definitiva se ordene el pago de las licencias médicas, con costas. Expone que la recurrente se desempeñaba como ejecutiva de ventas en Falabella Retail S.A., sin embargo, desde el comienzo de la pandemia por COVID-19, comenzó a desempeñar sus funciones en modalidad de teletrabajo aumentando la cantidad de horas de trabajo de 30 horas a 45 horas de trabajo semanal, e incluso más horas cuando la empresa llevaba a cabo promociones especiales para los clientes, tales como “Cyber day” o “Black Monday”, llegando a trabajar incluso 14 horas diarias. El exceso de carga laboral, hicieron que comenzara a presentar síntomas físicos y psicológicos que mermaron su vida personal, laboral y familiar, además de un alto nivel de estrés, irritabilidad, ansiedad, tristeza, dificultad para conciliar el sueño, anhedonia, miedo incontrolable a morir, angustia, entre otros. Por este motivo es que se vio obligada a buscar apoyo médico y farmacológico, siendo diagnosticada con Trastorno de adaptación con síntomas mixtos, Crisis de pánico, Trastorno mixto de ansiedad y depresión, Reacción aguda al estrés, Trastorno del sueño y, tener un Episodio depresivo. Todo esto, según consta en las distintas fichas e informes médicos desde enero de 2021 a la fecha del recurso, c

Fundamentos

motivos previamente descritos, es que la recurrente debe, por orden médica, guardar reposo laboral. Este reposo, se considera parte del tratamiento médico para poder mejorar su salud. Por otra parte, el constante rechazo reiterado, injustificado y arbitrario de parte de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, COMPIN y la confirmación del rechazo de licencias por parte de SUSESO, ocasiona un gravísimo perjuicio económico y psíquico sobre la recurrente toda vez que se encuentra imposibilitada psicológicamente de volver a su trabajo, las licencias médicas no han sido pagadas desde el mes de mayo de 2021, y su delicado estado de salud mental, se ha visto empeorado por el rechazo de licencias Informando la Superintendencia de Salud, alegó, de forma preliminar, la improcedencia de la acción de protección en materias de seguridad social, toda vez que la autorización, rechazo o modificación de una licencia médica son materias que pertenecen al campo de la seguridad social y,

Fallo

por tanto, están excluidas del catálogo de protección del artículo 20 de la Carta Fundamental En cuanto al fondo alega que consta en el expediente administrativo, que la recurrente reclamó en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) Región de Metropolitana, por el rechazó de las licencias médicas razón de lo anterior, previo estudio de los antecedentes y con su mérito concluyó que el reposo prescrito por las licencias médicas señaladas, no se encontraba justificado. Esta conclusión se basó en que, los antecedentes aportados e informes médicos no permitieron establecer incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado, el cual alcanza 120 días por la misma patología. Lo anterior según consta en la Resolución Exenta N° R-01-UME-110898-2021, de 26 de agosto de 2021. Destaca, que la Contraloría Médica de la COMPIN, en relación al rechazo de las licencias, registra la siguiente información en la cartola médica del paciente: “(07/07/2021) LM 1211: Adjunta informe médico emitido por Rafael Vizuete, psiquiatra alto emisor de LM. Ttrno adaptativo mixto y episodio depresivo en tratamiento con trazodona y etifoxina. Recuperabilidad a mediados de Julio, la cual no se mantiene y vuelve a emitirse LM con MG. EL informe es cortísimo, no se soporta con psicología ni detalla cambios del cuadro clínico pese a lo otorgado. Se rechaza…” y “(28/07/2021) … LME # 5829 y # 2602 (P): Informe de PSQ insatisfactorio, no protocolizado, escueto, sin GAF,

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de octubre de dos mil veintidós Vistos: Compare Francisco Zambrano Meza, abogado, en representación de María Javiera Gómez Urriola, deduciendo recurso de protección en contra de la 1) SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, 2) la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ, y 3) la CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA, por el acto arbitrario e ilega

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica