JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

DELGADILLO/INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES BLUEBYTE S.A. Y OTRO - ACUM 527-2022 LAB

Rol

Fecha

12 de octubre de 2022

Materia

SUBTERFUGIO

Resultado

RECHAZADA / CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Que en estos autos Rol Corte Nº 512-2022-LAB, don Cristián Pumarino Romo, abogado, por la parte denunciada de Informática y Telecomunicaciones Bluebyte S.A., interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 4 de julio de 2022, dictada en causa RUC Nº 2140346785-2, RIT Nº T-290-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que en lo resolutivo declaró que las demandadas Informática y Telecomunicaciones Bluebyte S.A. y Asesorías Informáticas e Inversiones Global Soft Limitada, constituyen un empleador único para efectos laborales y previsionales; que acogió, sin costas, la denuncia por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por don Ernesto Felipe Delgadillo Collins en contra de las dos empresas ya señaladas, declarando que el empleador ha vulnerado la garantía de indemnidad del denunciante con ocasión del despido indirecto, condenándose a ambas demandadas al pago de las siguientes indemnizaciones: especial del artículo 489 del Código del Trabajo por el equivalente a seis remuneraciones, esto es, la suma de $15.511.758; sustitutiva de aviso previo por la suma de $2.585.293; indemnización por años de servicio por la suma de $23.267.637; y, recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio por la suma de $11.633.819; que declaró la nulidad del despido del demandante condenándose a la parte demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones devengadas desde el despido indirecto acontecido el 2 de julio de 2021 hasta la convalidación del mismo el 7 de septiembre de 2021 producida con el pago íntegro de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía que se adeudaban a la fecha del despido, lo que ocurrió en esa fecha, a razón de $2.585.293.- mensuales; y, que las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con los reajustes e intereses calculados en la forma establecida en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Invoca la recurrente, la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo,

Fundamentos

considerando: I.- En cuanto al recurso de nulidad: Primero: Que la parte denunciada y recurrente hace consistir la causal de nulidad que invoca, del artículo 477 del Código del Trabajo, en la aplicación errada de las diversas normas jurídicas que señala, en relación a tres aspectos o materias, siendo la primera, la infracción al artículo 489 del Código del Trabajo, que regula la acción de tutela cuando la vulneración de los derechos fundamentales se hubiere producido con ocasión del despido, lo que en este caso no aconteció, ya que siendo la vulneración el fundamento de la denuncia, no pudo en la sentencia definitiva sino rechazarse la misma, ya que ninguno de los hechos que el

Fallo

fallo impugnado, dictándose la correspondiente sentencia de reemplazo, rechazando las pretensiones del denunciante, tanto en orden a que se acoja su denuncia en procedimiento de tutela laboral por vulneración del derecho de indemnidad, como también en orden a que se declare la nulidad de su auto despido o despido indirecto y a que se declare la unidad económica entre la recurrente y la codemandada. Que, por otra parte, en autos Rol Corte Nº 527-2022-LAB, don Maximiliano Sapiain Núñez, abogado, por la parte demandada de Asesorías Informáticas e Inversión Global Soft Limitada, dedujo recurso de apelación subsidiario en contra de la resolución de fecha 15 de julio de 2022, dictada por el mismo Tribunal y en la misma causa referida, que decretó la medida precautoria de prohibición de celebrar a actos y contratos hasta por la suma de $53.000.000.-, sobre un inmueble de propiedad de la recurrente, individualizado en autos, solicitando se acoja el recurso y se rechace la petición de precautoria incoada. Habiéndose estimado admisibles los recursos, se decretó su acumulación y se fijó audiencia para su vista conjunta, la que se llevó a efecto el 5 de octubre de 2022, interviniendo por el recurso de nulidad el abogado don Cristián Pumarino Romo y por la parte recurrida el abogado don Daniel Iturra Álvarez y por la apelación, el abogado Maximiliano Sapiain Núñez y en contra de ella, el mismo abogado Iturra Álvarez, determinándose la dictación del fallo y su lectura dentro del término

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Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de octubre de dos mil veintidós. Visto: Que en estos autos Rol Corte Nº 512-2022-LAB, don Cristián Pumarino Romo, abogado, por la parte denunciada de Informática y Telecomunicaciones Bluebyte S.A., interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 4 de julio de 2022, dictada en causa RUC Nº 2140346785-2, RIT Nº T-290-2021, del Juzgado de L

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