MANUEL PERIÑAN GONZALEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien interpone recurso de protección en representación de Manuel Valentín Periñan González de nacionalidad venezolana, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Goycolea N°1188, comuna de La Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, representado por don Luis Thayer Correa, sicólogo, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una ilegalidad y arbitrariedad que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental al dictar la resolución exenta N°14525 de 11 de febrero de 2022, notificada el 18 de agosto de 2022 en ingreso corte N°15755-2022 Protección, que rechaza la solicitud de permanencia definitiva presentada por el extranjero a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, por estimar que no acreditó estabilidad económica durante el periodo de visación. Indica que el 27 de noviembre de 2019, previo al vencimiento de su visa de residente temporario el recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva y el 27 de noviembre de 2020 hizo el pago de derechos respectivo, petición que fue rechazada únicamente por estimar que no acreditó suficiente solvencia económica en el periodo de visación, esto es, entre el 6 de febrero de 2019 y 6 de diciembre de 2020. Sostiene que, en la actualidad, el recurrente tiene una mejor situación económica de la que gozaba al efectuar la solicitud que le fuere rechazada y, por lo tanto, estima que el rechazo del beneficio de residencia definitiva, sin requerir la complementación de los antecedentes aportados en su oportunidad a la solicitud, es ilegal, teniendo para ello especialmente en consideración al tiempo transcurrido -a saber, más de dos años y ocho meses de tramitación- y la facultad prevista en el artículo 135 del antiguo Reglamento
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de protección don Gonzalo Acevedo y contra el mismo el postulante don Matías Córdova Espinoza. San Miguel, 12 de octubre de 2022. Nicole Kemp Gomila, Relatora. (Hora de inicio 09.45 am. - hora de término 09.59 am). San Miguel, doce de octubre de dos mil veintidós. Proveyendo escrito folio 10, 11 y 13: Téngase presente. Al escrit
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