LYSSETTE PAOLA LEYTON GUZMAN C/ PATRICIO ORLANDO MORENO AYALA
Rol
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En esta causa RUC Nº 1500862068-4, RIT Nº 94-2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, el Defensor Penal Público don Sebastián Lamilla Farías, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 5 de septiembre de 2022, que condenó al acusado Patricio Orlando Moreno Ayala, en calidad de autor de un delito de robo con violencia del artículo 436 del Código Penal, consumado, cometido el 5 de septiembre de 2015, en El Tabo, a cumplir la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales correspondientes, con 94 días de abono y sin costas. Que la causal de nulidad invocada es la del artículo 374 letra e) en relación con el artículo 342 letra c), ambos del Código Procesal Penal, esto es, falta de fundamentación en la condena del sentenciado, al valorarse la prueba sin respetar el estándar que impone el artículo 297 del mismo texto legal. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista de la causa en la audiencia del día 4 de octubre de 2022, en la cual fueron oídos alegatos de la Defensa y del Ministerio Público.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el motivo absoluto de nulidad invocado consiste en la infracción cometida por el Tribunal al deber de fundamentación señalado, en dos aspectos, primero, al vulnerar en la valoración de la prueba el principio de la razón suficiente de la reglas de la lógica, al dar por acreditada la participación del acusado en el delito y, en segundo término, a no hacerse cargo los sentenciadores de toda la prueba rendida en el juicio en la justificación de la decisión de condena. SEGUNDO: Que, arguye, la infracción al principio de la lógica de la razón suficiente, señalada, radica en que el razonamiento del Tribunal supone reconocer que todo el material probatorio proviene de una única fuente, que es la testiga “única” (y víctima) Lysette Leyton, quien reconoce al imputado un mes después de los hechos en una ronda de reconocimiento que podría haber estadio viciada por la inducción realizada por la Policía al exhibir a la declarante dos fotografías del acusado, sin respetar protocolo alguno, lo que es reconocido en el voto de minoría del
Fallo
fallo –que transcribe-, lo que determina una diligencia poco fiable, ya que los afectados –uno de los cuales no declaró en el juicio-, fueron asaltados de noche, por un sujeto con capucha, en la playa, sin luz artificial y en una situación de nerviosismo que requería de pruebas adicionales para acreditar la autoría. TERCERO: Que, prosigue, el voto de minoría establece que el reconocimiento fue inducido por los propios carabineros, respecto de un sujeto que fue controlado varias veces durante la noche, que no correspondía a las características entregadas, que no tenía la ropa descrita, que no portaba un cuchillo ni las especies sustraídas y que no fue detenido en situación de flagrancia, todo lo cual implica que no existe material probatorio independiente o que provenga de una fuente diversa y que acredite la participación, basándose el veredicto en el reconocimiento llevado a cabo un mes después de los hechos y la supuesta declaración de otro testigo, que no se presentó en el juicio y no pudo ser contrainterrogado por la Defensa. Agrega que se da valor a testigos de oídas, sin contar con la declaración de la otra víctima, infringiéndose el principio de corroboración. CUARTO: Que respecto de la segunda falta, señala que si bien el fallo señala los motivos que fundan la petición de absolución de la Defensa y la acreditación de la participación, existen elementos sustanciales, aludidos en el voto de minoría, de los cuales no se hace cargo, como la declaración del cabo Pérez Ma
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de octubre de dos mil veintidós. VISTO: En esta causa RUC Nº 1500862068-4, RIT Nº 94-2020 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, el Defensor Penal Público don Sebastián Lamilla Farías, interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 5 de septiembre de 2022, que condenó al acusado Patricio Orlando Moreno Ayala, en calida
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica