2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

VASQUEZ/FIABILIS CONSULTING CHILE SPA *

Rol

Fecha

11 de octubre de 2022

Materia

INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE AVISO PREVIO

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT Nº T-442-2021, caratulados “VASQUEZ / FIABILIS CONSULTIN CHILE SPA”, sobre denuncia de vulneración de derechos fundamentales, interpuesta por Yolimar Trinidad Vásquez Araujo, en contra de Fiabilis Consulting Chile SpA. Por sentencia, de seis de junio de dos mil veintidós, la magistrada acogió la denuncia, declarando vulnerado el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, y condenando a la demandada al pago de la indemnización especial del artículo 489 del Código del Trabajo por ocho meses, a una indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, recargo de un 50% de esta última, feriado proporcional y bonificaciones adeudadas, con costas. Contra este fallo, la demandada interpuso recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haber sido dictado el fallo con infracción manifiesta de las normas que regulan la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que se anule la sentencia definitiva dictada en este proceso, por la concurrencia de la causal de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, y se dicte sentencia de reemplazo, de conformidad a derecho, rechazando la demanda deducida por doña Yolimar Vásquez por denuncia de vulneración de derechos fundamentales y cobro de prestaciones laborales en contra de Fiabilis Consulting Chile SpA, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista de este, oportunidad a la que asistieron los abogados de ambas partes y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: En cuanto a la causal de nulidad invocada, esto es, la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, el demandado alega que el sentenciador en el considerando octavo letra a) de la sentencia da por establecido los hechos de conformidad a la testimonial aportada por la demandante. Reclama que el sentenciador no emplea la razón, la lógica, la reflexión ni los conocimientos adquiridos en la función judicial, sino que se limita a señalar que consta de la prueba testimonial aportada por la actora. Lo anterior presenta el problema que el juez no desarrolla la forma lógica en que ha llegado a convencerse que estos hechos, sino que sólo señala el instrumento de prueba por medio del cual llegó a tal convicción, lo que influye sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo con infracción manifiesta de las normas que regulan la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Solicita que se anule la sentencia definitiva dictada en este proceso, por la concurrencia de la causal de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, y se dicte sentencia de reemplazo, de conformidad a derecho, rechazando la demanda deducida por doña Yolimar Vásquez por denuncia de vulneración de derechos fundamentales y cobro de prestaciones laborales en contra de Fiabilis Consulting Chile SpA, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista de este, oportunidad a la que asistieron los abogados de ambas partes y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia. CONSIDERANDO: Primero: En cuanto a la causal de nulidad invocada, esto es, la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, el demandado alega que el sentenciador en el considerando octavo letra a) de la sentencia da por establecido los hechos de conformidad a la testimonial aportada por la demandante. Reclama que el sentenciador no emplea la razón, la lógica, la reflexión ni los conocimientos adquiridos en la función judicial, sino que se limita a señalar que consta de la prueba testimonial aportada por la actora. Lo anterior presenta el problema que el juez no desarrolla la forma lógica en que ha llegado a convencerse que estos hechos, sino que sólo señala el instrumento de prueba por medio del cual llegó a tal convicción, lo que influye sustancialmen

Texto Completo (Preview)

-11- Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT Nº T-442-2021, caratulados “VASQUEZ / FIABILIS CONSULTIN CHILE SPA”, sobre denuncia de vulneración de derechos fundamentales, interpuesta por Yolimar Trinidad Vásquez Araujo, en contra de Fiabilis Consulting Chile SpA. Por sentencia, de seis de j

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