ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
DECLARACION DE BIENES FAMILIARES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada previa eliminación de sus
Fundamentos
motivos quinto y sexto que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que el artículo 141 del Código Civil prescribe que “el inmueble de propiedad de cualquiera de los cónyuges que sirva de residencia principal de la familia y los muebles que la guarnecen, podrán ser declarados bienes familiares…”, a su vez el artículo 145 del mismo texto legal dispone que el cónyuge...
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogado doña Sol Vespa Testa por el recurso. Santiago, 11 de octubre de 2022. Alejandra Soto Nilo, relatora. Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 7: A todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada previa eliminación de sus motivos quinto y sexto que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además present
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