SIN INFORMACION

MIRANDA CEDRES DANIEL ALFREDO / MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

Fecha

11 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Daniel Alfredo Miranda Cedres, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, vulnerando de este modo los derechos fundamentales de igualdad ante la ley y libertad de trabajo, consagrados en los números 2 y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Alega que con fecha 17 de septiembre de 2020, formuló la petición de permanencia definitiva ante la autoridad administrativa, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. Indica que cobra relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, especialmente los artículos 7 y 27, que establecen el principio de Celeridad. Pide se otorgue permanencia definitiva, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones expone que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en trámite. Refiere que mediante Resolución Exenta N° 21323048, de 6 de diciembre de 2021, se aprobó el avance de la solicitud a análisis avanzado, lo que incluye el análisis de los documentos fundantes y evaluación económica, generación y solicitud de orden de giro para pago de derechos, si corresponde, análisis documental avanzado de acuerdo a la actividad económica declarada; y acreditación de vínculos familiares mediante documentos idóneos cuando sea pertinente. Todo lo anterior de conformidad a la Circular N° 12 del Servicio Nacional de Migraciones, de 24 de noviembre de 2021. Aduce a continuación que, mientras el permiso se encuentre en tramitación, la parte recurrente en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 en r

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso deducido por Daniel Alfredo Miranda Cedres. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N° 80370-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, e integrada por los ministros señor Alejandro Rivera Muñoz y señora Jenny Book Reyes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, once de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Daniel Alfredo Miranda Cedres, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, vulnerando de este

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica