RABANAL/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION
Rol
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Johan Erly Rabanal Valencia, de nacionalidad peruana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, vulnerando de este modo los derechos fundamentales de igualdad ante la ley y debido proceso, consagrados en los números 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Denuncia como ilegal y arbitraria, la omisión de la autoridad recurrida consistente en la tardanza de la Administración en pronunciarse respecto de la petición de permanencia definitiva efectuada el 21 de agosto de 2020. En cuanto a la ilegalidad estima vulnerados los principios de Celeridad, Inexcusabilidad, Imparcialidad, Transparencia y Publicidad, además del derecho a conocer el estado de la solicitud y a su resolución en el plazo máximo de 6 meses, establecidos en los artículos, 4, 7, 11, 14, 16, 17 a), 41 y 27 de la Ley N°19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Pide se ordene a la recurrida que resuelva la solicitud, ordenando que cumplidos como han sido todos los extremos de la Ley de Extranjería y su Reglamento, se otorgue sin más demora la residencia solicitada, o las medidas que esta Corte considere pertinentes. SEGUNDO: Que al evacuar informe el Servicio Nacional de Migraciones expone que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en trámite. Refiere que mediante la Resolución Exenta N° 21303578, de 6 de diciembre de 2021 se aprobó el avance de la solicitud a análisis resolutivo, lo que incluye: a) Validación de pago de derechos, si corresponde; y b) Revisión de antecedentes aportados por instituciones externas sobre antecedentes delictuales del peticionario y emisión del acto administrativo que otorga o
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Johan Erly Rabanal Valencia. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección N° 68164-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, e integrada por los ministros señor Alejandro Rivera Muñoz y señora Jenny Book Reyes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, once de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Johan Erly Rabanal Valencia, de nacionalidad peruana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de
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