SALAS/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022
Rol
Fecha
7 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 3 de octubre del presente año comparece doña Paulina Robles Campos, Abogada de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Carrera 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de FELIPE ANDRES SALAS GALVEZ, C.I. 18.893.089-1, actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que el señor Salas Gálvez cumple condena de 3 años y 1 día por el delito de robo en lugar no habitado, la cual inició el 13 de mayo de 2020, debiendo culminar el 14 de mayo de 2023. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 14 de noviembre 2021, contando con más de 6 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…consta que el postulante cuenta con diversos antecedentes penales pretéritos, faltas al régimen interno, incluyendo dos cometidas el 21 de marzo de 2022, mantiene necesidades por intervenir en áreas de educación y empleo, vinculación a pares, consumo de alcohol y drogas, actitud y orientación procriminal y patrón antisocial, además de mostrar características personales con potencial criminógeno referentes a claros problemas de adherencia, deficiente resolución de conflictos y habilidades de autocontrol y deficiente manejo de la ira. El proceso interventivo se encuentra en etapa inicial, debiendo realizar la totalidad de talleres de riesgo del área psicosocial. Se observa un avance en su autorregulación emocional y de control. Su red de apoyo principal, su madre, no se constituye como una figura de control social. Respecto del delito, lo recon
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Paulina Robles Campos, en favor de FELIPE ANDRÉS SALAS GÁLVEZ, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 22 de abril del presente año. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 343-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, siete de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 3 de octubre del presente año comparece doña Paulina Robles Campos, Abogada de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Carrera 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de FELIPE ANDRES SALAS GALVEZ, C.I. 18.893.089-1,
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