SABRINA CHARLOTTE CORTES MARCHANT/CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
7 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Inti Orozco Alvear, abogado, en representación de Sabrina Cortés Marchant, para interponer recurso de amparo preventivo en contra de Carabineros de Chile, por el constante hostigamiento y persecución realizada en su contra. Pide que se restablezca el imperio del derecho y se proceda a la eliminación de los hostigamientos respecto de ella, como de las personas que se encuentran cerca de su domicilio. Segundo: Que, informa al tenor del recurso el Capitán de Carabineros Fernando Molina Fuentes, señalando que consultadas las zonas dependientes de su Departamento y que realizan servicios policiales, estos manifestaron no haber adoptado procedimiento alguno respecto de Cortés Marchant, ni mantienen mandatos del Ministerio Público, órdenes o resolución judicial que le afecte y no existen otros antecedentes que la vinculen en algún otro procedimiento policial. Tercero: Que el artículo 21 de la Carta Fundamental dispone “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. Con arreglo a lo estatuido en la referida disposición, de constatarse alguna de las hipótesis, la sentencia que resuelva el recurso estará dirigida a recuperar el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la persona afectada. Entonces, corresponde determinar por la presente vía si con el actuar de la institución recurrida se incurrió en alguna acción ilegal que afecte la libertad de la recurrente. Cuarto: Que del mérito de los antecedentes reunidos, no resulta posible adquirir convicción acerca de la ocurrencia de algún hecho de los que se denuncian a través de la presente acc
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Sabrina Cortés Marchant. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-659-2022.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Inti Orozco Alvear, abogado, en representación de Sabrina Cortés Marchant, para interponer recurso de amparo preventivo en contra de Carabineros de Chile, por el constante hostigamiento y persecución realizada en su contra. Pide que se restablezca el imperio del derecho y se proceda a la elimina
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