SIN INFORMACION

JOSE PAJARO JIMENEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

7 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Mijaíl Fabián Guevara Martínez en representación de la ciudadano colombiano José Leonardo Pájaro Jiménez domiciliado para estos efectos en calle Varas Mena 1015, comuna de San Miguel, para recurrir de protección contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio Nº580, 6º1 piso, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva formulada el 13 de febrero de 2020, lo que trasgrede los artículos 4, 7, 14, y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene al organismo recurrido otorgue sin más demora al recurrente la permanencia definitiva solicitada o las medidas que la Corte considere pertinentes. Segundo: Que la recurrida informa respecto de la solicitud formulada indicando, que ésta se encuentra desde el 11 de diciembre de 2021 en etapa administrativa de análisis resolutivo, de conformidad a circular N° 12 de fecha 24 de noviembre del Servicio Nacional de Migraciones. Asegura, además, que la persona por quien se recurre se encuentra regularmente en el territorio de la República al tenor del artículo 38 de la Ley 21.325 y sostiene que, por el estado de emergencia en que se encontraba el país a raíz de la pandemia mundial suscitada por Covid-19, se configura un caso fortuito que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de permanencia definitiva a que alude el recurso. Finalmente, indica que la vía idónea para alegar una falta de respuesta de la Administración es la figura del silencio administrativo. Niega, en consecuencia, la concurrencia del obrar ilegal, arbitrario y lesivo atribuido a su res

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de José Leonardo Pájaro Jiménez en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que ésta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°20706 – 2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, siete de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Mijaíl Fabián Guevara Martínez en representación de la ciudadano colombiano José Leonardo Pájaro Jiménez domiciliado para estos efectos en calle Varas Mena 1015, comuna de San Miguel, para recurrir de protección contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Tha

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