HEIDY HERNANDEZ SAENZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
7 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Manuel Lena Salgado en representación de la ciudadana venezolana Heidy Katherine Hernández Sáenz domiciliada en Calle José Joaquín Vallejos N° 1250, comuna de San Miguel, para recurrir de protección contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio Nº580, 6º piso, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización formulada el 19 de enero de 2022, lo que trasgrede los artículos 7, 8, 9 y 27 de la Ley 19.880. Expone que habiendo ingresado junto a dicha solicitud, toda la documentación necesaria para obtener el beneficio solicitado, el Servicio Nacional de Migraciones no ha emitido pronunciamiento alguno decisorio o terminal, que ponga fin a esta solicitud administrativa a través de sus trámites comunes, vulnerando todo principio administrativo. Refiere que, durante todo este tiempo, no ha recibido notificación alguna respecto de su solicitud de nacionalización, dejando establecida una falencia del sistema no imputable a la recurrente de protección. Señala que desde la fecha de solicitud de nacionalización, no ha recibido notificación alguna sobre el avance de su solicitud de manera formal, ya sea por carta certificada o por correo electrónico, encontrándose plenamente ignorante frente a su solicitud ingresada en forma legal por los medios establecidos al efecto. Argumenta que en el caso concreto, la tramitación de este proceso, como cualquier otro provocado ante este Servicio Nacional de Migraciones, exceda el plazo de seis meses, es incompatible con todos los principios anteriormente mencionados, que presiden e informan el procedimiento administrativo, siendo, en definitiva, esta omisión, una privación y afectación directa a las garan
Fundamentos
considerando cuarto de esta sentencia, el presente recurso no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Heidy Katherine Hernández Saenz en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra de la Ministro Señora Cienfuegos, quien estuvo por acoger el recurso solo en cuanto a disponer que el pronunciamiento definitivo sobre la solicitud de nacionalización presentada por Heidy Katherine Hernández Saenz deberá emitirse antes de que los documentos presentados pierdan su validez en conformidad a lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 11 del Decreto Supremo 5142, esto es, dentro de 60 días. Ello, por considerar que la omisión contra la cual se recurre es ilegal al no cumplir con lo dispuesto en los artículos 4 y 27 de la ley 19.880 respecto del plazo en que han de culminar los actos administrativos. Considera la disidente que ello afecta las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política, desde que otros actos administrativos han podido ser resueltos oportunamente, y la del número 24 de la misma norma, porque de perder vigencia la documentación incorporada, obligará al recurrente a incurrir en desembolsos de índole patrimonial para actualizarla. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°19618 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó por el recurso el abogado Felipe Retamal Torres. San Miguel, siete de octubre de dos mil veintidós. Francisco Garay Torres, relator. San Miguel, siete de octubre de dos mil veintidós. A los folios 12 y 13: Téngase presente. Al folio 14: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Manuel Lena Salgado en rep
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