ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON PEDRO LARSEN VALDIVIESO E I R L
Rol
Fecha
7 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto, en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizada como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes del deudor, no constando en autos que se hayan perseguido sus bienes para el cobro de la deuda y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha seis de junio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua en causa RIT P-2384-2021. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 648-2022.Laboral.-
Texto Completo (Preview)
Rancagua, siete de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto, en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizada como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes del deudor, no constando en autos que se hayan perseguido sus bienes para el cobro de la deuda y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la
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