SIN INFORMACION

FREIRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia del abogado Yury Alexandro Ortiz Núñez, en representación de Ángela Cristina Díaz Suárez, cédula de identidad N° 24.789.427-6, de nacionalidad peruana, con domicilio en calle Bonasort N°280, departamento 306, Block 7, Antofagasta, Christian Arguello Rivas, cédula de identidad N°24.961.711-3, de nacionalidad paraguaya, con domicilio en calle Campamento Barrio Transitorio, casa 178, Antofagasta, Jaibel Yomaira Guevara Guzmán, cédula de identidad N°27.432.821-5, de nacionalidad venezolana, con domicilio en calle Uribe N°541, Antofagasta y María José Freire Torres, cédula de identidad N°27.432.821-5 de nacionalidad ecuatoriana, con domicilio en calle Oficina Lastenia N°11850, Antofagasta, quienes interponen recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidiendo que se le ordene pronunciarse de la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no emitir pronunciamiento sobre las solicitudes de permanencia definitiva ingresadas por Ángela Cristina Díaz Suárez, Christian Arguello Rivas, Jaibel Yomaira Guevara Guzmán y María José Freire Torres, de fechas 25 de enero de 2021, 16 de julio de 2020, 21 de octubre de 2020 y 08 de octubre de 2021 respectivamente, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad, conclusivo e inexcusabilidad contenidos en la Ley N°19.880. Señalan que hasta la fecha no han recibido ninguna comunicación por parte de extranjería, lo que los mantiene en una situación de incertidumbre y les afecta al momento de realizar trámites específicos. Por lo anterior, pidió que se le ordene pronunciarse y concluir las solicitudes de permanencia definitiva, y en general ordenar todas las medidas que estimen conducente para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que informaron el abogado Carlos Salas Arriagada en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción y de la condena en costas, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por el recurrente. Indicaron que la solicitud de la recurrente Ángela Cristina Díaz Suárez fue ingresada el 25 de enero de 2021, y en cuanto a su tramitación, tras la dictación de la resolución exenta N°21411681 del 09 diciembre de 2021, esta se encuentra en etapa de evaluación intermedia. Ello comprende: a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación, sobre la existencia o no de antecedentes delictuales y; b) la evaluación analítica de documentos electrónicos o en papel, legalizados o Apostillados, según corresponda. La solicitud del recurrente Christian Arguello Rivas fue ingresada el 10 de julio de 2020, y en cuanto a su tramitación, tras la dictación de la resolución exenta N°21419898 del 10 diciembre de 2021, señalando que se encuentra en Análisis resolutivo, lo que implica a) la validación de pago de derechos, si corresponde; y b) la revisión de antecedentes aportados por instituciones externas sobre antecedentes delictuales del peticionario y emisión del acto administrativo que otorga o rechaza la permanencia definitiva. La solicitud de la recurrente Jaibel Yomaira Guevara Guzmán fue ingresada el 21 de octubre de 2020, y en cuanto a su tramitación, tras la dictación de la resolución exenta N°22121548 del 6 de marzo de 2022, señalando que se encuentra en Análisis resolutivo, lo que implica a) la validación de pago de derechos, si corresponde; y b) la revisión de antecedentes aportados por instituciones externas sobre antecedentes delictuales del

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por el abogado Yury Alexandro Ortiz Núñez, en representación de Ángela Cristina Díaz Suero, Christian Arguello Rivas, Jaibel Yomaira Guevara Guzmán y María José Freire Torres, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde la dictación de la sentencia, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a la solicitudes de los actores. Regístrese y comuníquese. Rol 21.561-2022 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a seis de octubre de dos mil veintidós VISTOS: La comparecencia del abogado Yury Alexandro Ortiz Núñez, en representación de Ángela Cristina Díaz Suárez, cédula de identidad N° 24.789.427-6, de nacionalidad peruana, con domicilio en calle Bonasort N°280, departamento 306, Block 7, Antofagasta, Christian Arguello Rivas, cédula de identidad N°24.961.711-3, de nacionalidad paraguaya, con

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