1ER. JUZGADO LETRADO DE POLICIA LOCAL DE IQUIQUE

LONCOCHINO SILVA MIGUEL CON RAMÍREZ RAMÍREZ JUAN FRANCISCO

Rol

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada en todas sus partes, consideraciones y citas legales, previa eliminación de los

Fundamentos

considerandos décimo sexto y décimo séptimo. Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE: PRIMERO: Que, en cuanto a la excepción de falta de legitimación activa planteada por el recurrente, respecto de la demanda civil, aquella no concurre, desde que de los documentos rolantes de fojas 117 a fojas 125, fluye que la demandante Patricia Barraza Cortés no solo actúa por sí, sino que también en representación de Carlos Barraza Cortés y Carlos Barraza Rodríguez, al formar una comunidad respecto del vehículo Toyota Rush. SEGUNDO: Que, en cuanto al daño emergente peticionado por los demandantes civiles, los documentos acompañados de fojas 170 a fojas 173 del expediente, consistentes en 4 fotografías del rodado y Presupuesto Desabolladura y Pintura, dan cuenta de la existencia y entidad del daño, causado por quien resulta ser el responsable infraccional de la colisión, costo de reparación que se estima ascendió a la suma de $1.059.000, suma que deberá ser pagada con los reajustes e intereses que establece la sentencia de primer grado. TERCERO: Que, por otro lado, en lo que dice relación con el monto reclamado como desvalorización comercial del vehículo, aquella será rechazada, desde que no concurre antecedente alguno que acredite lo solicitado, aunado al año de fabricación del vehículo, lo que en definitiva no permite acceder a dicha pretensión. CUARTO: Que, finalmente, esta Corte estima procedente eximir al querellado y demandado civil del pago de las costas, al no haber resultado del todo vencido. Y visto además lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, 144, 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: I. SE REVOCA la sentencia apelada de trece de enero de dos mil veintidós, escrita de fojas 191 a fojas 198 vuelta, y en consecuencia, se rechaza la demanda civil de indemnización de perjuicios, en cuanto solicitó el acápite desvalorización comercial del vehículo, y asimismo, se exime de las costas de la causa al condenado Miguel Ángel Loncochino Silva. II. SE CONFIRMA, en lo demás, la mentada sentencia definitiva. Regístrese y devuélvase. Rol N° 33-2022 Policía Local.

Texto Completo (Preview)

Iquique, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada en todas sus partes, consideraciones y citas legales, previa eliminación de los considerandos décimo sexto y décimo séptimo. Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE: PRIMERO: Que, en cuanto a la excepción de falta de legitimación activa planteada por el recurrente, respecto de la demanda civil, aquella no concurre,

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