SIN INFORMACION

PEÑA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Felipe Antonio Peña Bañados, abogado, quien interpone de acción de protección en favor de Gustavo Alberto Amundaray Sandoval y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, hoy Servicio de Nacional de Migración, por la ilegal y arbitraria omisión en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada. Señala que el 20 de mayo del 2020, el Departamento de Extranjería y Migración admitió a trámite su solicitud. Sin embargo, hasta el día de interposición del recurso de protección no ha tenido una respuesta de parte de la autoridad administrativa, incurriendo en una demora culpable y existe un trato desigual para con él, dejándolo en la indefensión. Se refiere a la reglamentación de la permanencia definitiva y cita los artículos 1, 7, 8, 9 y 31 de la Ley N° 19.880, la cual establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Indica que el actuar de la recurrida afecta el derecho consagrado en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, relativo a la libertad de trabajo, puesto que el actor estando en un estatus “irregular”, no se le ha permitido acceder a ascensos en su trabajo. Tampoco puede ser libremente contratado, ni elegir donde trabajar. Agrega que al no tener la permanencia definitiva se le priva de su libertad para desarrollar cualquier actividad económica y para adquirir el dominio de toda clase de bienes y ha recibido un trato desigual y arbitrario en cuanto a su derecho a que su petición sea evaluada. En virtud de lo expuesto, pide que se acoja la acción de protección y se ordene al recurrido resolver sin mayor dilación y tramitación la solicitud de permanencia definitiva de Gustavo Alberto Amundaray Sandoval, mediante el decreto de una resolución exenta con estricto apego a derecho y se entregue la permanencia definitiva para restituir los

Fallo

Por tanto, el recurso de protección deberá ser rechazado, por haber perdido oportunidad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Gustavo Alberto Amundaray Sandoval, en contra del Departamento de Extranjería y Migración hoy Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección- 12257-2022. Pronunciada por la Primera Sala, integrada por los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Jose Ramon Gutierrez Silva. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Felipe Antonio Peña Bañados, abogado, quien interpone de acción de protección en favor de Gustavo Alberto Amundaray Sandoval y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, hoy Servicio de Nacional de Migración, por la ile

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