SIN INFORMACION

DIAZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen doña Amy Álvarez Pizarro y María Gabriela Gómez, abogadas, quienes deducen acción de protección en favor de don Oliver Alejandro Diaz Aponte, venezolano, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, por haber omitido ilegal y arbitrariamente el pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, presentada el 17 de marzo de 2020. Indican que el día 8 de diciembre de 2021, el actor tomó conocimiento de la Resolución Exenta Nº 21373053, a través de la cual se le comunica que su solicitud de permanencia definitiva avanza a la etapa de “análisis resolutivo”. Se refieren en detalle al permiso de permanencia definitiva y a los principios de celeridad, conclusivo, economía procesal e inexcusabilidad. Manifiestan que se ha afectado la garantía de igualdad ante la ley, ya que se le ha dado un trato discriminatorio, dado que en otras circunstancias similares, los demás solicitantes de permanencias definitivas, han obtenido un pronunciamiento dentro del plazo de los 6 meses establecidos en el artículo 27 de la Ley N° 19.880. En virtud de lo expuesto, piden que se acoja la acción de protección y se ordene al recurrido resolver conforme a derecho la solicitud de permanencia definitiva, a través del correspondiente acto administrativo terminal, dentro del plazo de 10 días corridos desde que quede ejecutoriada la sentencia o dentro del plazo que la Ilustrísima Corte determine; o bien, se adopten aquellas medidas que se estimen más apropiadas para resguardar y restablecer el imperio del derecho, con costas. SEGUNDO: Que, la entidad recurrida, evacúa informe, requiriendo el rechazo de la acción entablada, fundado en que el día 17 de marzo de 2020, el recurrente don Oliver Alejandro Díaz Aponte solicitó la permanencia definitiva en el país y que mediante Resolución Exenta N° 22209446, de fecha 24 de mayo de 2022, del Servicio Nacional de Migr

Fallo

Por tanto, el recurso de protección deberá ser rechazado, por haber perdido oportunidad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Oliver Alejandro Diaz Aponte, en contra del Departamento de Extranjería y Migración hoy Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Ingreso Protección N° 8792-2022.- Pronunciada por la Primera Sala, integrada por los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Jose Ramon Gutierrez Silva. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen doña Amy Álvarez Pizarro y María Gabriela Gómez, abogadas, quienes deducen acción de protección en favor de don Oliver Alejandro Diaz Aponte, venezolano, y en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, por haber omitido ilega

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