SIN INFORMACION

MARTÍNEZ/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022

Rol

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 3 de octubre del presente año comparece doña PAULINA ROBLES CAMPOS, Defensora Penal Pública Penitenciaria, domiciliada para estos efectos en Carmen 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de MIGUEL ANGEL MARTINEZ HERRERA, quien actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca, en contra de la resolución de fecha 21 de abril 2022, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional mediante la cual se rechazó por unanimidad la postulación a Libertad Condicional del amparado, sin ajustarse tal decisión a la normativa vigente, convirtiendo su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Refiere que el amparado actualmente cumple condena por las siguientes causas, · RUC 1200991985-4 del Juzgado de Garantía de Rancagua, cumpliendo saldo de condena por revocación de libertad condicional, · RUC 2000985620-0 del Juzgado Garantía de Talca por el delito de robo con fuerza en lugar no habitado · RUC 1701020487-9 del Juzgado de Garantía de Graneros en su calidad de autor del delito robo en lugar no habitado y receptación, Por las penas de 300, 850, 61 y 61 días Describe como información entregada por Gendarmería de Chile: · Bimestres de muy buena conducta: 4 períodos. · Fecha de inicio condena: 27 de septiembre 2020. · Fecha de término condena: 05 de marzo 2024. · Tiempo mínimo: 09 de junio 2022. Indica que la recurrida, por resolución dictada con fecha 19 de abril 2022, rechazó unánimemente la concesión de la misma al amparado fundándose los argumento que transcribe de la resolución recurrida que, en extracto, indica que “21. MIGUEL ANGEL MARTINEZ HERRERA, cédula nacional de identidad N°17.139.477-5, del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, por estimar que no cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del D.L. 321, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmerí

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, entregando su fundamento factico en la decisión que rechaza la libertad condicional solicitada, y que se encuentran reproducidos en el motivo segundo de esta sentencia, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 numero 7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Paulina Robles Campos, en favor de Miguel Ángel Martínez Herrera, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 346-2022/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 3 de octubre del presente año comparece doña PAULINA ROBLES CAMPOS, Defensora Penal Pública Penitenciaria, domiciliada para estos efectos en Carmen 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de MIGUEL ANGEL MARTINEZ HERRERA, quien actualmente cumpliendo condena en el Centro

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