ARRIAGADA/SOCIEDAD DE TRANSPORTES VICTORIA LIMITADA
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.9 LEY 18.287
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que en el presente juicio sumario se notificó la resolución que recibe la causa prueba a ambas partes con fecha 06 de abril de 2022, por lo que efectivamente los documentos acompañados por la demandada con fecha 11 de mayo de 2022, fueron agregados cuando ya se encontraba vencido el término probatorio, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 348 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de fecha doce de mayo de dos mil veintidós, resolviéndose en su lugar: A lo principal: No ha lugar por extemporáneo; Al primer otrosí: atendido lo resuelto en lo principal, no ha lugar. Devuélvase. N°Civil-818-2022. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente que en el presente juicio sumario se notificó la resolución que recibe la causa prueba a ambas partes con fecha 06 de abril de 2022, por lo que efectivamente los documentos acompañados por la demandada con fecha 11 de mayo de 2022, fueron agregados cuando y
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