IGUD/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen don John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo, abogados, quienes interponen acción de protección en favor de Morán Igud, de nacionalidad israelí y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la ilegal y arbitraria omisión de entrega del certificado de permanencia definitiva. Señalan que mediante la Resolución Exenta N° 111393 de 8 de septiembre del 2021, el recurrido aprobó el otorgamiento de ese beneficio. Sin embargo, a la fecha de interposición del recurso el certificado y estampado no se encuentran disponibles, lo que le impide obtener la cédula de identidad vigente. Refieren que la situación que vive la recurrente, la mantiene en un estado de permanente angustia y desesperación, atentando directamente contra su integridad psíquica, ya que prácticamente no puede ejercer ningún derecho consagrado en la Constitución Política de la República y Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile. Expresan que también se ha vulnerado la garantía constitucional de libertad de trabajo, su libre elección y libre contratación (artículo 19 N° 16), puesto que cada vez que desea cambiar de trabajo, no es aceptada por mantener situación migratoria irregular. Agregan que esta situación tiene al actor impedido de adquirir en propiedad, toda clase de bienes corporales o incorporales y se le ha dado un trato arbitrario y discriminatorio por parte del Departamento de Extranjería y Migración hacia una ciudadana israelí que, cumpliendo con cada uno de los requisitos exigidos por la legislación nacional, no ha podido ejercer cada uno de los derechos que la Constitución Política de la República garantiza a los residentes de la nación. En virtud de lo expuesto, piden que se acoja la acción de protección, ordenando a la recurrida que ponga a disposición de la actora el certificado y estampado en la plataforma de Extranjería, como también el envío al domicilio mediante carta certificada de los docum
Fallo
Por tanto, el recurso de protección deberá ser rechazado, por haber perdido oportunidad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Morán Igud, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Ingreso Protección N° 6284-2022.- Pronunciada por la Primera Sala, integrada por los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Jose Ramon Gutierrez Silva. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós. Proveyendo al folio N°9: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al folio N°10: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen don John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo, abogados, quienes interponen acción de protección
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