JIMMY CARLOS SOTO FLORES C/ CARLOS ESTEBAN DONAIRE VICENCIO
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado y teniendo en consideración que se reúnen respecto del imputado Alfonso Domingo Ceballos Palacios, todos los requisitos que consagra el artículo 140 del Código Procesal Penal y, respecto a lo estatuido en la letra b) de dicho precepto, esta Corte es de parecer que la declaración del co-imputado no se encuentra corroborada por ningún otro antecedente que permita, por ahora, descartar la participación del imputado, por el cual se recurre, en el ilícito por el que fue formalizado; y en relación a la letra c) de la precitada disposición legal, se tiene presente que el citado Ceballos Palacios registra antecedentes por ilícitos de la misma naturaleza, a lo que cabe agregar que la pena asignada al delito materia de esta causa registra pena de crimen, de tal manera que es preciso adoptar a su respecto la mayor cautela posible, por lo que SE CONFIRMA la resolución apelada dictada el veintiocho de septiembre del año en curso, en la causa RIT 3275-2022, RUC N° 2200675631-3, del Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 514-2022 Penal.
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Arica, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado y teniendo en consideración que se reúnen respecto del imputado Alfonso Domingo Ceballos Palacios, todos los requisitos que consagra el artículo 140 del Código Procesal Penal y, respecto a lo estatuido en la letra b) de dicho precepto, esta Corte es de parecer que
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