MUENTES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Diego Toledo González, abogado, en nombre de Yolis Judith Muentes López, quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva presentada el 9 de octubre de 2019. Señala que la recurrente advierte que su procedimiento llevaba un avance de 82%, en etapa de análisis resolutivo, pese a haber transcurrido más de dos años y cinco meses de tramitación desde que la solicitud fue formulada. Se refiere a la permanencia definitiva y al principio de celeridad, inexcusabilidad, conclusivo, economía procedimental, contrariedad, transparencia y publicidad. Sostiene que se ha vulnerado la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, en tanto el actuar de la recurrida importa una discriminación para la recurrente, en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes obteniendo la permanencia definitiva en tiempos óptimos o, a lo menos, razonables de espera. En virtud de lo expuesto, pide que se acoja la acción de protección y se ordene a la autoridad recurrida dar rápido trámite a la petición de la actora, emitiendo el pronunciamiento que en derecho corresponda con relación a ella, dentro del plazo que la Ilustrísima Corte determine, con costas. SEGUNDO: Que, la entidad recurrida, evacúa informe, requiriendo el rechazo de la acción entablada, fundado en que la extranjera solicitó beneficio de permanencia definitiva con fecha 29 de septiembre de 2019 y mediante Resolución Exenta N° 21500499, de fecha 14 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, se aprobó el avance de la solicitud a la etapa de análisis resolutivo, lo que implica a) la validación de pago de derechos, si corresponde; y b) la revisión de antecedentes aporta
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta en favor de Yolis Judith Muentes López, en contra del Departamento de Extranjería y Migración hoy Servicio Nacional de Migración; y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se ordena a la repartición pública recurrida, que dentro de un plazo de treinta días proceda a resolver, lo que en derecho corresponda, respecto de la solicitud de permanencia definitiva de la protegida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Ingreso Protección N° 5904-2022.- Pronunciada por la Primera Sala, integrada por los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Jose Ramon Gutierrez Silva. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Diego Toledo González, abogado, en nombre de Yolis Judith Muentes López, quien interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración, por la ilegal y arbitraria omisión de pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva presentada el
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