CORPORACIÓN CULTURAL DE DERECHO PRIVADO ARTISTAS PRO ECOLOGÍA / ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece Corporación Cultural de Derecho Privado, Artistas Pro Ecología, representada legalmente por su Presidente don Juan Guillermo Zabala Urzúa, interponiendo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de El Quisco, por el acto ilegal y arbitrario iniciado con fecha 2 de agosto de tala de los árboles, a lo menos veinte Cipreses (Cupressus Macrocarpa), ubicados en la entrada de Avenida Central, en el sector costero de Isla Negra, elementos naturales característicos de la zona declarada por el Consejo de Monumentos Nacionales, en la categoría de Zona Típica. Se añade que estos árboles, de entre 20 y 30 metros de altura fueron plantados en la década de 1940, durante el proceso de urbanización de Isla Negra, tienen una edad aproximada de 80 años, los cuales forman parte esencial del patrimonio cultural, paisajístico y ambiental de la zona y significan para los habitantes de ella, un elemento identitario, acta de tala que vulnera el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación consagrado en el artículo 19 Nº 8 de la Constitución Política de la Republica. Fundamenta que la acción de la municipalidad sería ilegal por no contar con la información científica necesaria que fundamente su decisión, habiendo hecho caso omiso del informe que le fuera entregado, elaborado por el profesional Santiago del Pozo, Ingeniero Forestal de la Universidad de Chile, Experto en Gestión de Arbolado Urbano, y que daba cuenta de la necesidad de realizar estudios en detalle sobre la posibilidad de mantener algunos árboles y realizar acciones de conservación de los mismos en lugar de proceder a la tala directamente, vulnerando sus deberes legales y constitucionales, con relación al artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, en particular lo referido a la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna; proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente
Fundamentos
considerando la presión de los vecinos y el riesgo de un nuevo evento meteorológico que agravara la situación, en circunstancia que las medidas fueron aprobadas por distintas organizaciones sectoriales de Isla Negra, como lo son las juntas de vecinos, agrupaciones de índole ambiental y mesa de trabajo de seguridad de Isla Negra y validadas por medio del 90,9 % (247 personas) que respondieron la encuesta, ya sea por la primera o segunda opción de renovación del arbolado. Agrega la recurrida que ha actuado en cumplimiento de sus deberes legales, desde el año 2020, en que se produce la primera caída de uno de estos ejemplares, se da inicio al “Proyecto de Renovación de Arbolado de Avenida Central”, en julio del año 2020, a través de una revisión visual, el informe denominado “Informe Fitosanitario de Cipreses de Monterrey (Cupressus macrocarpa) a talar en Av. Central, Isla negra, Comuna de El Quisco” elaborado por la ingeniera Forestal Ignacia Contador, se desprende que estos ejemplares se encuentran en su mayoría en un estado de sobre madurez, inclinados y ubicados en espacios no adecuados para su tamaño, y se recomienda la tala de 8 ejemplares, que son los de mayor riesgo de caída y/o de peor condición fitosanitaria. Con fecha 14 de abril de 2021 se recibe un segundo informe denominado Estudio Tomográfico y escaner de 13 ejemplares. Así también, informe técnico de fecha 16 de agosto reciente, ilustra la problemática a partir de los hechos del 31 de octubre de 2020, con la caída del primer ejemplar hasta el 4 de mayo de 2022, que las acciones ejecutadas por el municipio fueron los informes del mes de julio de 2020, y de fecha 14 de abril de 2021, que dieron lugar a las propuestas de renovación, y la consulta a la comunidad en base a las dos propuestas presentadas. En base a lo anterior, la recurrida descarta la ilegalidad de su actuar, por el contrario lo defiende avalado en el cumplimiento de sus deberes legales y en interés de la comunidad, conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, artículos 4 i), 5 c), y 25, relativos a la gestión de riesgo de desastres, las administración de bienes municipales y nacionales de uso público, y la conservación de áreas verdes como lo es la acción denominada plan de reposición de arbolado. La recurrida, asimismo, descarta cualquier infracción al ley de 19.300, en lo que respecta a la preservación de la naturaleza y conservación del patrimonio ambiental, explica ello debe hacerse bajo criterios racionales, que es precisamente lo que ha efectuado. Del mismo modo, desestima una vulneración al derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, desde que claramente puede apreciarse que las acciones en caso alguno producen polución y, muy por el contrario, están orientadas a la protección de la ciudadanía a través de un plan de manejo y sustitución de arbolado altamente riesgoso, debidamente motivado y respaldado con fundamentos científicos. A folio 9, se trajeron lo
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza sin costas, el recurso de protección interpuesto por Corporación Cultural de Derecho Privado, Artistas Pro Ecología, en contra de Ilustre Municipalidad de El Quisco. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Abogado Integrante don Gonzalo Góngora Escobedo N°Protección-128365-2022.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, comparece Corporación Cultural de Derecho Privado, Artistas Pro Ecología, representada legalmente por su Presidente don Juan Guillermo Zabala Urzúa, interponiendo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de El Quisco, por el acto ilegal y arbitrario iniciado con fecha 2 de agosto de tala d
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