CORTÉS/ARAYA
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Habida consideración que la resolución apelada, aquella de 01 de julio pasado, rolante en el folio 22 del cuaderno de medida precautoria, de la causa de origen, que accede parcialmente a la solicitud de oficio al Banco de Crédito e Inversiones, constituye un mero decreto que no reúne los requisitos del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, esto es, no altera la sustanciación regular del juicio, ni ha recaído sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley y visto además lo dispuesto en los artículos 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA INADMISIBLE el citado recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente por el abogado don Cristián Álvarez Alquinta. Regístrese y devuélvase. N°Civil-308-2022. En Copiapó, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
SE DECLARA INADMISIBLE el citado recurso de apelación, interpuesto subsidiariamente por el abogado don Cristián Álvarez Alquinta. Regístrese y devuélvase. N°Civil-308-2022. En Copiapó, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Habida consideración que la resolución apelada, aquella de 01 de julio pasado, rolante en el folio 22 del cuaderno de medida precautoria, de la causa de origen, que accede parcialmente a la solicitud de oficio al Banco de Crédito e Inversiones, constituye un mero decreto que no reúne los requisitos del artículo 188 del Código
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