SIN INFORMACION

PARRA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

6 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Bárbara Eilyn Parra Pacheco, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria, presentada en abril de 2021. Indica que, a la fecha, aún no obtiene respuesta final al acto administrativo, estimando que se está vulnerando el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Solicita en definitiva, se acoja el presente recurso, ordenando a la recurrida que se pronuncie, sin más trámite, sobre la solicitud presentada, con costas. Acompaña documentación a su recurso. A folio 4, rola informe del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, efectivamente la recurrente ingresó solicitud de regularización migratoria en abril de 2021, la cual se acogió a trámite y que mediante comunicación vía correo electrónico, de fecha 5 de agosto de 2022, se informó a la recurrente que su solicitud se encuentra incompleta en atención a la falta de un documento requerido y se le otorgó un plazo de 60 días para dar cumplimiento a la solicitado, por lo que la solicitud se encuentra en trámite, a la espera de que la propia solicitante acompañe la documentación requerida, encontrándose vigente el plazo otorgado para ello. Señala que, estando en tramitación la solicitud del extranjero se deriva que mantienen situación migratoria regular en el territorio nacional, es que entiende esta autoridad que no existe actualmente un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. A folio 5, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en orden a acoger o rechazar la solicitud de regularización migratoria que la actora presentó ante el Departamento de Extranjería, alegando que la recurrida ha demorado en exceso al resolver su solicitud, actuando en contravención al principio de celeridad establecido en la Ley 19.880. Tercero: Que, la recurrida informó que con fecha 5 de agosto de 2022, notificó a la recurrente que su solicitud se encuentra incompleta en atención a la falta de un documento requerido –certificado de nacimiento debidamente apostillado-, por lo que se le otorgó un plazo de 60 días para dar cumplimiento a la solicitado, encontrándose su solicitud en trámite, a la espera de que la actora acompañe la documentación requerida. Cuarto: Que atendido lo antes expuesto, consta que la solicitud de la recurrente se encuentra en tramitación, siendo carga de la actora acompañar la documentación requerida para la dictación del acto administrativo solicitado, por lo que no se vislumbra acto u omisión legal o arbitraria de parte de la institución recurrida, que afecte las garantías constitucionales alegadas mediante el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza el recurso de protección interpuesto en favor de Bárbara Eilyn Parra Pacheco, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-130543-2022. cticas.nte haber concurrido a la vista de la causa, atendidas las dificulatades informtra causa.IIFCADAS DE FORMA URFGENTE No firma la Ministro Srta. Quezada, no obstante haber concurrido a la vista de la causa, atendidas las dificultades informáticas. En Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Bárbara Eilyn Parra Pacheco, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria, presentada en abril de 2021. Indica que, a la fecha, a

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