GIRALDO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que se recurre de protección en favor de Jeffersson Giraldo Palacios, colombiano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria de responder su solicitud de regularización migratoria que presentó el 9 de agosto de 2021, lo que vulnera su garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita ordenar a la recurrida que emita pronunciamiento. Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que la solicitud está en etapa de análisis, agregando que al momento de su presentación se le otorgó al recurrente un permiso de trabajo vigente, mientras pende la total tramitación de la petición de regularización. Que se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el asunto por el cual se recurre, dice relación con la omisión arbitraria e ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la regularización migratoria que el recurrente solicitó en agosto de 2021. Segundo: Que el servicio recurrido informa que la mencionada petición se encuentra en trámite y que el plazo para pronunciarse no es fatal para la Administración. Tercero: Que, si bien el estado de tramitación del requerimiento promovido por la parte recurrente, tendiente a la obtención de su regularización migratoria, se encuentra pendiente de resolución, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, considerando la fecha en que se inició, lo cual permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7º y 27º de la Ley N° 19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República.
Fallo
Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Jeffersson Giraldo Palacios, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá emitir pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria presentada por el recurrente, dictando la resolución que corresponda, dentro del término de 60 días hábiles. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-130563-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Que se recurre de protección en favor de Jeffersson Giraldo Palacios, colombiano, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria de responder su solicitud de regularización migratoria que presentó el 9 de agosto de 2021, lo que vulnera su garantía consagrada en el numeral 2 del artícu
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