PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAÍSO/DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA
Rol
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha cuatro de marzo de dos mil veintiuno, comparece Hugo Muñoz López, abogado, en representación de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Errázuriz 2930, Valparaíso; e interpone acción de protección en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, representada por su Directora Subrogante, señora Dora Ruiz Madrigal, ambos con domicilio en calle Monjitas N° 392, piso 8, Santiago; por el acto arbitrario e ilegal consistente en el bloqueo o inhabilitación de la Universidad como proveedora en el portal www.chileproveedores.cl. Expone que la recurrente es usuario permanente y activo de los portales de Chile Compra y Chile proveedores, donde, además, es un proveedor permanente en los llamados contratos marcos, sin embargo denuncia que en aquellos casos que los proveedores son publicados en el Boletín de Deudores e Infractores Laborales de la Dirección del Trabajo, son bloqueados de los referidos portales, impidiéndoles, postular a contratos y proyectos licitados por el Estado, así como impedirles la venta o prestación de servicios en el caso de convenios marcos. En razón de lo anterior relata que en ocasiones la actora ha sido incluida, erróneamente, en el Boletín de Deudores e Infractores, sea por requerimiento equivocado de alguna Administradora de Fondos Previsionales o de la Inspección del Trabajo, viéndose obligada a realizar todas las gestiones pertinentes para averiguar el origen de la deuda y aclarar su improcedencia, sin embargo en el tiempo en que se aclara la situación la recurrida procede, sin problema alguno, a bloquearlos automáticamente como proveedores, lo que provoca un perjuicio económico considerable. Agrega que a la fecha de presentación del presente recurso se encuentra bloqueada por la recurrida. Refiere el marco normativo aplicable al presente caso, a saber ley 19.886, donde se establecen los presupuestos para contratar con la Administr
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por Hugo Muñoz López, abogado, en favor de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, en contra de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 2.613-2021.- N°Protección-2613-2021. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. Al folio 33, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha cuatro de marzo de dos mil veintiuno, comparece Hugo Muñoz López, abogado, en representación de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Errázuriz 2930, Valparaíso; e interpone acción de protección
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica