23º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA/GUERRA - (ACUMULADA INGRESO CORTE N°10489-2020)

Rol

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de fecha diecisiete de marzo del año dos mil veinte. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de marzo del año dos mil veinte, dictada por el 23° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 473 y 474 del Código de Procedimiento Civil, habiendo deducido el ejecutado oposición legal, expresando que no tenía medios para justificarla, se accede a su reserva de derecho para el juicio ordinario. Para proceder al pago al acreedor, deberá rendir caución a satisfacción del tribunal. Formalice su acción el demandado dentro del término de quince días, contado desde que se le notifique la presente sentencia por cédula conforme lo dispondrá el tribunal a quo, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la caución o proceder a ejecutar el fallo sin aquella. II- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha siete de agosto del año dos mil veinte. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se confirma, en lo apelado, la resolución de siete de agosto del año dos mil veinte, dictada por el 23° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase vía interconexión. N° 10687-2020-Civil (Acumulada al ingreso N° 10489-2020)

Fallo

fallo sin aquella. II- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha siete de agosto del año dos mil veinte. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se confirma, en lo apelado, la resolución de siete de agosto del año dos mil veinte, dictada por el 23° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase vía interconexión. N° 10687-2020-Civil (Acumulada al ingreso N° 10489-2020)

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de fecha diecisiete de marzo del año dos mil veinte. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de marzo del año dos mil veinte, dictada por

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