SIN INFORMACION

DE LA CRUZ MENDEZ NICAURY/DELEGACION PRESIDENCIAL METROPOLITANA - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha treinta de agosto de este año, comparecen Josué González Ortiz, Nicolle Chávez Silva y Daniela Brondi Salvo, abogados, en representación de Nicaury de La Cruz Méndez, de nacionalidad dominicana, quien deduce recurso de amparo en contra de la Delegación Presidencial Regional Metropolitana (Ex Intendencia Metropolitana), impugnando la Resolución Exenta N° N°929, de 13 de junio de 2019, que dispuso la expulsión de su representada, solicitando que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto el acto impugnado. Sostiene que la amparada ingresó al país el 8 de junio de 2019, por un paso no habilitado entre la frontera de Perú y Chile, desde República Dominicana. Agrega que el motivo principal para emigrar de su país fue la violencia intrafamiliar que vivía constantemente, por lo que decide radicarse en Chile atendido que su madre, Luisa Méndez Guzmán, quien vive actualmente en el país y cuenta con residencia definitiva. Agrega que actualmente reside en la comuna de Santiago, donde vive junto a su hija Kimberly Eloísa Peña de La Cruz de nacionalidad chilena y su madre, por lo que el arraigo que tiene en Chile es inmenso. Señala que el Decreto Ley N° 1094 establece normas sobre extranjeros en Chile sólo autoriza la expulsión de los extranjeros que han hecho ingreso al territorio nacional por un paso no habilitado una vez que éstos hayan cumplido la condena impuesta por un tribunal competente respecto del delito contemplado en el artículo 69 de dicho cuerpo legal, lo que no ha ocurrido, de manera que su expulsión es ilegal. SEGUNDO: Que informando la recurrida señala, en síntesis, que virtud de lo informado por Policía Internacional, previo requerimiento y desistimiento presentado ante la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte el día 30 de enero de 2019, se dispuso la medida de expulsión de la extranjera en comento mediante Resolución Exenta N° 929 de 13 de junio de 2019, por infracción a lo previsto en la entonces

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuestos en las normas constitucionales y legales citadas, se acoge el recurso de amparo deducido en lo principal de la presentación de fecha treinta de agosto de este año y, a fin de restablecer el imperio del Derecho y asegurar la debida protección de la amparada, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° N°929, de 13 de junio de 2019 del Intendente de la Región Metropolitana de Santiago (Delegación Presidencial Regional Metropolitana), que dispuso la expulsión del territorio nacional de la extranjera de nacionalidad dominicana Nicaury de La Cruz Méndez. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 3.462-2022.- Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. A los folios 32 y 33, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha treinta de agosto de este año, comparecen Josué González Ortiz, Nicolle Chávez Silva y Daniela Brondi Salvo, abogados, en representación de Nicaury de La Cruz Méndez, de nacionalidad dominicana, quien deduce recurso de amparo en contra de la De

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica