/DIRECCIÓN NACIONAL GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Lorena Maggio Guldner abogado defensor penal privado, en representación del amparado Orlando del Tránsito Guzmán Ávila, cédula de identidad: 7.687.294-5, quien interpone recurso de amparo en contra de gendarmería de Chile, por privar en forma ilegal y arbitraria su libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Manifiesta que el amparado se encuentra en la nómina de postulación a la libertad condicional, pues cumple con todos los requisitos para ello, pero gendarmería le impide fijar domicilio, ya que no lo ha llamado para fijar este, para efectos de que el Consejo técnico lo tenga registrado, lo que impediría y obstaculiza que le otorguen el beneficio de la libertad condicional y que por lo demás se ha llamado a todos los internos postulantes al beneficio, a fijar domicilio, excepto a su representado. En consecuencia, solicita que por medio de la presente acción constitucional de amparo que la recurrida se pronuncie sobre su solicitud y se ordene a gendarmería gestionar la fijación del domicilio del amparado. SEGUNDO: Que, a folio 4, la recurrida evacuó el informe, señalando que el amparado está ingresado a la nomina de libertad condicional 2° semestre 2022, fijando su residencia en la comuna de Maipú, región Metropolitana y que la fijación de domicilio es un acto meramente administrativo que no influye en el proceso de postulación ya que este lo otorga la Comisión de Libertad Condicional. TERCERO: Que, lo llamado a conocer y resolver a través del presente arbitrio es la omisión por parte de Gendarmería en la fijación de domicilio del amparado, lo que según alega la recurrente, afectaría su postulación en el proceso de obtener el beneficio de Libertad Condicional. CUARTO: Que, el recurso de amparo ha sido establecido por el constituyente como un medio destinado a poner rápido remedio a la conculcación del derecho a la libertad ambulatoria y
Fundamentos
considerando anterior, resulta del caso que encontrándose registrado el domicilio del amparado y encontrándose este ingresado a la nómina de libertad condicional 2° semestre 2022, no se cumple el objetivo o finalidad de la acción constitucional de amparo, cual es poner remedio a vulneraciones a la libertad ambulatoria o a la seguridad individual. En consecuencia, y no vislumbrando una actuar arbitrario o ilegal de parte de la recurrida, el presente recurso será rechazado, como se señalará en lo resolutivo del fallo.
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad con lo que disponen el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre esta materia, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por don Orlando del Tránsito Guzmán Ávila en contra de Gendarmería de Chile, con costas del recurso. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-225-2022. En Valdivia, cinco de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Valdivia Valdivia, cinco de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Lorena Maggio Guldner abogado defensor penal privado, en representación del amparado Orlando del Tránsito Guzmán Ávila, cédula de identidad: 7.687.294-5, quien interpone recurso de amparo en contra de gendarmería de Chile, por privar en forma ilegal y arbitraria su libertad persona
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