MANUFACTURAS DE MUEBLES F UNDURRAGA Y CIA LTDA/CONSTRUCTORA LARRAIN DOMINGIEZ SPA- LDZ CONSTRUCTORA
Rol
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º.- Que conforme la regla establecida en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe interponerse en el término fatal de cinco días, contados desde la notificación de la resolución que se impugna. 2º.- Que en la presente causa el demandado dedujo recursos de apelación con fecha uno de julio y veintiocho de junio del año en curso, en contra de las resoluciones recurridas de seis y veinte de junio del mismo año. 3º.- Que en el caso, se debe precisar que las resoluciones recurridas, en la parte que vienen en apelación, le fueron notificadas a la parte apelante por su inclusión en el estado diario, conforme lo prescribe el artículo 50 del Código del Ramo, no pudiendo confundirse dicha forma de notificación con aquélla efectuada por cédula a la misma parte, respecto de las citaciones a las diligencias de probatorias que las mismas resoluciones en alzada dispusieron, no siendo, entonces, procedente que el plazo para recurrir se compute desde esta última comunicación. 4º.- Que en consecuencia, habiéndosele notificado las resoluciones al apelante por el estado diario, el plazo legal se encontraba vencido a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo dispuesto en los artículos 319, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles por extemporáneos los recursos de apelación interpuestos por el demandado Constructora Larraín Domínguez SpA- LDZ, con fecha veintiocho de junio y uno de julio del año en curso, en contra de las resoluciones de seis y veinte de junio del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-13081-2022.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo.
Fallo
se declaran inadmisibles por extemporáneos los recursos de apelación interpuestos por el demandado Constructora Larraín Domínguez SpA- LDZ, con fecha veintiocho de junio y uno de julio del año en curso, en contra de las resoluciones de seis y veinte de junio del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-13081-2022.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. Al folio Nº 6: téngase presente lo informado por el tribunal de base y por cumplido lo ordenado con fecha trece de septiembre del año en curso. Al folio Nº 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1º.- Que conforme la regla establecida en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación
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