JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CURICO

BUSTOS/PÉREZ

Rol

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la abogada doña Tatiana Galaz Ponce, por los actores en el procedimiento ejecutivo laboral, caratulado “Bustos con Pérez”, RIT. J-25-2020 del Juzgado de Letras de Curicó, deduce recurso de apelación en contra la sentencia definitiva dictada el 17 de mayo del presente año, en la parte que acogió la excepción de pago interpuesta por la demanda contraria, rechazando la demanda ejecutiva, por lo que solicita se recoge revoque esa resolución en base a los siguientes antecedentes. La sentencia definitiva de fecha 17 de mayo de 2022, en su parte pertinente resolvió: I.- Que se acoge íntegramente la excepción de pago del artículo 404 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ejecutada doña Susana Elcira Pérez de los Reyes , y en consecuencia se absuelve a esta última de la ejecución de autos dejándose sin efecto la liquidación de fecha 15 de mayo de 2020 que consta en el cuaderno de apremio.. II.- Sin perjuicio de lo anterior se rechaza la excepción de falta de requisitos o condiciones establecidas por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva del artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil, opuesta con la ejecutada doña Susana Elcira Pérez de los Reyes por improcedente. III.- Cada parte deberá soportar las costas en que hubiere incurrido. Como antecedentes, la apelante señala que el 4 de mayo de 2020 su parte, en representación de los actores, interpusieron demanda ejecutiva laboral en contra de Susana García Pérez de los Reyes, en virtud del título ejecutivo consistente en escritura pública de transacción extrajudicial suscrita ante el Notario Público de Curicó don René León de fecha 7 de junio de 2019. Que en virtud de ese instrumento la ejecutada se comprometió a pagar la suma total de $ 170.000.000 en 17 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 10.000.000 cada una, los días 30 de cada mes a contar del mes de junio de 2019. Sin embargo los actores de auto sólo recibieron el dinero que les correspondía respecto de las primeras 8 cuotas, encontrándose la demandada en mora desde la cuota del mes de febrero de 2020 en adelante. A continuación analiza la excepción de pago opuesta por la demandada refiriendo que los antecedentes aportados son insuficientes ya que sus representados no recibieron el pago de las sumas señaladas en la acción ejecutiva. Señala que ha indicado por la ejecutada que la prestación se cumplió mediante la entrega de una serie de cheques extendidos a la orden de don Gerardo Molina Olivera, lo que no produce novación, de modo que su giro no extingue la obligación es decir no produce el pago de la misma. Que el abogado Gerardo Molina que recibió los cheques no contaba con facultades para representar a los ejecutantes ni para percibir por ellos, por lo que eventual pago efectuado, no produjo los efectos propios de un modo de extinguir las obligaciones. Agrega que el abogado Gerardo Molina no cuenta con poder para representar a los ejecutantes, pues cada uno de los manda

Fallo

se declara que: 1.- SE REVOCA la sentencia definitiva de fecha 17 de mayo de 2022, en la parte apelada, declarando que se rechaza íntegramente la excepción de pago del artículo 464 N° 9 del Código de Procedimiento Civil opuesta con la ejecuta doña Susana Elcira Pérez de los Reyes y, en consecuencia se dispone que debe continuar la ejecución de autos. II.-Habiéndose establecido en la audiencia que estos antecedentes constan en poder del Ministerio Público, se omite su envío a dicha institución. III.- Lo anterior, con costas del recurso. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Redacción del abogado integrante don Robert Morrison Munro. Rol 334-2022. Laboral-cobranza. Se deja constancia que no firma el abogado integrante don Robert Morrison Munro, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la abogada doña Tatiana Galaz Ponce, por los actores en el procedimiento ejecutivo laboral, caratulado “Bustos con Pérez”, RIT. J-25-2020 del Juzgado de Letras de Curicó, deduce recurso de apelación en contra la sentencia definitiva dictada el 17 de mayo del presente año, en la parte que acogió la excepción de pago

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