SIN INFORMACION

SCHWARTZMAN PIACENTINI OSCAR/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - 34 JUZGADO DEL CRIMEN DE SANTIAGO

Rol

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Por estimarse que no se denuncian hechos que comprometan la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como los requisitos o formalidades, tanto de orden constitucional como legal, que protegen ese derecho a la libertad personal de los abusos de poder y de las arbitrariedades, en términos que la misma sólo puede ser privada o restringida “en los casos y en la forma determinados por la Constitución y las leyes”, desde que el ordenamiento jurídico concede las vías ordinarias de revisión de lo decidido por el Trigésimo Cuarto Juzgado del Crimen, de manera que esta no es la vía idónea para proceder a su impugnación; motivo por el cual se declara inadmisible el recurso intentado. Acordado con el voto en contra de la Ministra señora Rojas Moya, quien estuvo por declarar admisible la acción de amparo interpuesta, toda vez que en su concepto los hechos se enmarcan en la posible afectación del derecho a la libertad personal, de manera que resulta procedente la acción del artículo 21 de la Constitución Política de la República. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-3681-2022.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo.

Fallo

se declara inadmisible el recurso intentado. Acordado con el voto en contra de la Ministra señora Rojas Moya, quien estuvo por declarar admisible la acción de amparo interpuesta, toda vez que en su concepto los hechos se enmarcan en la posible afectación del derecho a la libertad personal, de manera que resulta procedente la acción del artículo 21 de la Constitución Política de la República. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-3681-2022.mst Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por la Ministra señora Inelie Durán Madina y por la Ministro señora María Paula Merino Verdugo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Por estimarse que no se denuncian hechos que comprometan la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como los requisitos o formalidades, tanto de orden constitucional como legal, que protegen ese derecho a la libertad personal de los abusos de poder y de las arbitrariedades, en t

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