JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

LUIS MAURICIO VILLAMAN TOLEDO CONTRA FRANCISCO ENRIQUE SALINAS MUÑOZ

Rol

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oído: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Corte 849-2022 Penal, las abogadas Andrea Romero Jara y Susana Cortés Karmy, por la querellante, apelan la resolución dictada en la audiencia de dos de agosto de dos mil veintidós que decretó el sobreseimiento temporal de la causa RIT 575-2019 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, por existir una cuestión prejudicial civil, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código Procesal Penal. En síntesis, fundan la apelación que su representado Luis Villaman Toledo, junto a familiares directos, han sido víctimas, desde enero de 2019, de una serie de atentados contra su propiedad, consistentes en ocupaciones, destrucción de deslindes y daños, todos hechos ocurridos en el predio denominado "EL Rosario", ubicado en el Sector El Olivo, de Los Ángeles, Rol 1511-39. Señalan que cada uno de dichos hechos, fueron denunciados ante Carabineros de Chile, siendo remitidos dichos antecedentes al Ministerio Público. Explican que el predio afectado, corresponde a un inmueble adquirido en el año 1939, por Octavio Toledo Fernández, abuelo de su representado, como consta en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, año 1939, fojas 269 vuelta, número 353. Agregan que esta propiedad fue heredada en el año 1983, por la sucesión Toledo Solar, integrada en un principio por siete hermanos, herederos legítimos de Octavio Toledo Fernández. Señalan que en la actualidad, producto del fallecimiento de alguno de ellos, y actos de transferencia de otra índole, su representado es dueño inscrito de derechos hereditarios sobre el predio, continuando de esa forma, con la posesión tranquila del inmueble, como lo ha sido desde hace prácticamente 80 años, hasta la ocurrencia de los hechos denunciados. En este contexto señalan que con el fin de solicitar la agrupación de las investigaciones iniciadas por cada uno de los hechos, solicitar las diligencias pertinentes y obtener se aplicaran las penas correspondientes,

Fundamentos

fundamentos claros del dominio y posesión de su representado respecto del terreno afectado, cuales son, los documentos que avalan su propiedad y la de su familia analizados por el perito de Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile, quien además complementa dicha conclusión con visitas en terreno y la contraposición de ambas versiones en su análisis. 2.- En este particular caso, el asunto se circunscribe a determinar si existe una cuestión prejudicial civil cuya resolución escape de la competencia que la ley entrega al tribunal a quo, en los términos del artículo 252 letra a), en relación al artículo 171, ambos del Código Procesal Penal. En efecto, se ha planteado por la defensa una controversia en relación a los títulos de propiedad del inmueble que ha sido objeto de los hechos requeridos al imputado, cuestión que, según se aprecia de los antecedentes que los intervinientes manifestaron durante la vista de la causa, se arrastra desde el inicio de la investigación, al invocarse títulos cuya historia registral da cuenta de un inmueble cuya propiedad ha sido objeto de transmisión y de enajenaciones parciales que, en su mérito, motivaron durante la investigación que participara un perito del Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile. 3.- Indudablemente es una cuestión prejudicial civil determinar la propiedad de un inmueble objeto del delito de usurpación cuando el dominio del mismo se encuentra controvertido, comoquiera que la prueba de la propiedad raíz en nuestro sistema registral se construye sobre la base del estudio de una cadena de inscripciones en los registros conservatorios competentes, las que pueden ser afectadas por distintas instituciones del Derecho Civil. En principio, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 173 del Código Orgánico de Tribunales, el tribunal a quo puede tener competencia para resolver un hecho civil planteado dentro de un juicio penal, salvo que el querellado alegue una excepción de carácter civil en los términos del artículo 174 del mismo código, como lo es una alegación de dominio sobre el inmueble afectado que haga desaparecer el delito de usurpación y siempre que ésta se funde en antecedentes que revistan un fundamento plausible. 4.- En la especie, tanto el querellante como la defensa fundan sus alegaciones y defensas, en ser titulares de cuotas de dominio proindiviso que comprenderían la superficie de siete hectáreas del predio afectado por los hechos investigados. El primero alega que estas siete hectáreas, según su cuota proindiviso inscrita, quedan dentro de un predio de 60,5 hectáreas que le corresponde por herencia, Rol 1511-39; mientras que el segundo, sostiene que dicha superficie, según su cuota proindiviso inscrita, se encuentra dentro de un predio original que nace en el año 1932, que originalmente tenía una cabida de 57,69 hectáreas, faltando una cuota transferida, quedando 56, 69 hectáreas, y siendo el total de la superficie 19,56 hect

Fallo

Por estas consideraciones, visto lo dispuesto en los artículos 173 y 174 del Código Orgánico de Tribunales, y en los artículos 45, 171, 252 letra a), y 253 del Código Procesal Penal, se confirma, sin costas del recurso la resolución dictada en la audiencia de dos de agosto de dos mil veintidós en la causa RIT 575-2019 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. Léase en la audiencia fijada al efecto y devuélvase. Redacción de la fiscal judicial María Francisca Durán Vergara. No firma la fiscal judicial señora María Francisca Durán Vergara, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse en comisión de servicios. Rol 849-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

Concepción, cinco de octubre de dos mil veintidós. Visto y oído: 1.- En estos antecedentes rol ingreso Corte 849-2022 Penal, las abogadas Andrea Romero Jara y Susana Cortés Karmy, por la querellante, apelan la resolución dictada en la audiencia de dos de agosto de dos mil veintidós que decretó el sobreseimiento temporal de la causa RIT 575-2019 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, por existir

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