SIN INFORMACION

PEREZ/MINISTERIOR DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION

Rol

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 14 de junio del año 2022, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, quien interpone acción constitucional de protección en favor de Juan Carlos Pérez Rodríguez, cubano, maestro de obra, domiciliado en pasaje Don Rafael N°214, Villa Cardenal Raúl Silva Henríquez, de la comuna y ciudad de Peumo; en contra de la Subsecretaría del Interior, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado legalmente para estos efectos por don Manuel Monsalve Benavides, ambos domiciliados en calle Teatinos N° 92, Santiago. Señala que el actor hizo ingreso a Chile en forma irregular, el día 13 de agosto del año 2017, por el paso fronterizo Colchane, procedente desde Bolivia, oportunidad en la cual y luego de ser entrevistado por funcionarios de la PDI, se le extendió una tarjeta de identificación de migrante infractor, emprendiendo viaje el actor aquel mismo día, hacía la ciudad de Santiago, donde lo esperaban amistades cubanas. Agrega que, el día 20 de noviembre del año 2017, el actor se presentó ante la sección de Refugio y Reasentamiento del Departamento de Extranjería y Migración, con el objeto de formalizar su solicitud de reconocimiento de condición de refugiado, siendo citado en forma posterior, el 13 de marzo de 2018, con el objeto de estamparle una visa temporaria vigente hasta el mes de noviembre del año 2018, la que en forma posterior fue renovada en tres oportunidades, alcanzando la vigencia de la última renovación, hasta el 13 de noviembre del año 2020, tiempo durante el cual se desempeñó como maestro de obra y posteriormente como temporero. Refiere que, luego de no poder renovar por cuarta vez su visa, debido a las restricciones sanitarias establecidas por la pandemia de COVID 19, y como resultado de haber deducido un recurso de protección ante la I. Corte de Apelaciones de Santiago en contra del Departamento de Extranjería y Migración, fue notificado de la Resolución Exenta N°954 de 5 de enero del 2021, en virtud de la c

Fallo

por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la antes indicada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra del recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Juan Carlos Pérez Rodríguez en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, es considerado para todos los efectos legales continuador legal del Ministerio del Interior y Seguridad Pública en materia migratoria, y en consecuencia, se dispone que dicho Servicio deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de regularización migratoria, dentro del plazo de noventa días corridos, contados desde que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Regís

Texto Completo (Preview)

Rancagua, cinco de octubre de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 14 de junio del año 2022, comparece Sergio Aburto Mayorga, abogado, quien interpone acción constitucional de protección en favor de Juan Carlos Pérez Rodríguez, cubano, maestro de obra, domiciliado en pasaje Don Rafael N°214, Villa Cardenal Raúl Silva Henríquez, de la comuna y ciudad de Peumo; en contra de la Subsecretaría del Int

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica