KATTY MARLENE FERNANDEZ MANRIQUEZ CON CORPORACION EDUCACIONAL MASONICA CONCEPCION
Rol
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO SIN COSTAS
Hechos
VISTO: En causa laboral RUC 22-4-0390363-2 y RIT T-131-2022, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, correspondiente al Rol 450-2022 de esta Corte, don Francisco Rojo Olavarría, abogado, por la demandada, -Corporación Educacional Masónica de Concepción-, dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 6 de junio del año en curso, dictada por la jueza titular de dicho juzgado, doña Valeria Garrido Cabrera, mediante la cual acogió, sin costas, la acción subsidiaria por despido improcedente de la demandante, doña Katty Marlene Fernández Manríquez, sólo en cuanto, declarando que su despido fue improcedente, condenó a la demandada al pago de las siguientes sumas: a) $10.892.670.-, por aplicación de la sanción prevista en el inciso 2º del artículo 87 del Estatuto Docente; b) al pago $1.960.681, por concepto de recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicios; y, c) al pago de $1.526.517.-, correspondiente al descuento por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía. Todo lo anterior con los intereses y reajustes previstos por el artículo 173 del Código del Trabajo. Invocó como causal de nulidad la de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo impugnado, contemplada en el artículo 477 del Código laboral, según se expondrá. Solicitó la invalidación parcial de la sentencia impugnada -respecto de la demanda subsidiaria- y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, rechazándose la demanda subsidiaria en todas sus partes, con costas. Se procedió a la vista del recurso en audiencia, asistiendo los abogados de ambas partes, quienes hicieron sus alegaciones en defensa de sus respectivos derechos. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º.- Que el recurrente ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia más arriba singularizada, estructurando su impugnación en la causal contemplada en el artículo 477 inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, vale decir, infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pues a su criterio la jueza utilizó como fundamento de su
Fallo
fallo impugnado, contemplada en el artículo 477 del Código laboral, según se expondrá. Solicitó la invalidación parcial de la sentencia impugnada -respecto de la demanda subsidiaria- y se dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, rechazándose la demanda subsidiaria en todas sus partes, con costas. Se procedió a la vista del recurso en audiencia, asistiendo los abogados de ambas partes, quienes hicieron sus alegaciones en defensa de sus respectivos derechos. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1º.- Que el recurrente ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia más arriba singularizada, estructurando su impugnación en la causal contemplada en el artículo 477 inciso primero, parte final, del Código del Trabajo, vale decir, infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pues a su criterio la jueza utilizó como fundamento de su fallo normas contrarias a su recto sentido. Invoca esta causal en 3 capítulos de impugnación en forma conjunta, singularizando como infringidas las siguientes normas: a) artículo 162 inciso 8º del Código del Trabajo; b) artículos 87 inciso 2º del Estatuto Docente, y 19 y 20 del Código Civil; y, c) artículos 13 y 52 de la ley 19.728, en relación a los artículos 19 y 20 del Código Civil. 2º.- Que la primera infracción de ley sostiene el recurrente que se origina por la no aplicación del artículo 162 inciso 8º del Código del Trabajo, el cual dispone que “Los errores u omisiones en que se incurra con ocasión de
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C.A. de Concepción xsr Concepción, cuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTO: En causa laboral RUC 22-4-0390363-2 y RIT T-131-2022, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, correspondiente al Rol 450-2022 de esta Corte,
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