ANONIMIZADO
Rol
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Teniendo además presente que el adolescente ha sido formalizado por tres delitos, uno de los cuales, el de porte ilegal de arma de fuego hechiza, previsto y sancionado en el artículo 13 de la Ley 17.798, tiene asignada una pena que comprende una de crimen, pues se sanciona con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, se concluye que en la especie se cumple con lo exigido por el artículo 32 de la Ley 20.084, para decretar la internación provisoria en un centro cerrado, todo lo cual justifica confirmar la resolución apelada. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 20.084, 140, 364 y...
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, cuatro de octubre de dos mil veintidós. Vistos: Teniendo además presente que el adolescente ha sido formalizado por tres delitos, uno de los cuales, el de porte ilegal de arma de fuego hechiza, previsto y sancionado en el artículo 13 de la Ley 17.798, tiene asignada una pena que comprende una de crimen, pues se sanciona con presidio menor en su grado máximo a presidi
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