Jdo. de Letras del Trabajo de Talca

ESPINOSA/CHILE BPO SOLUTIONS S.A.

Rol

C-31-2021

Fecha

10 de marzo de 2021

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos en que se funda la objeción, corresponden a aquéllos que autoriza el artículo 469 del Código del Trabajo, se resuelve: Que se acoge la objeción planteada, sin costas. Conforme a lo anterior, compleméntese la liquidación de fecha 17/02/2021 en el siguiente sentido: “Las costas personales deberán ser pagadas por el demandado principal CHILE BPO SOLUTIONS S.A”. (Total Costas Personales: 300.000.-). Forme parte integrante de la liquidación ya referida la presente resolución para todos los efectos legales. Notifíquese por correo electrónico a las partes que lo registren en la causa. RIT: C-31-2021 RUC: 20-4-0261840-0 Proveyó, don JUAN MARCELO BRUNA PARADA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. En Talca a diez de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2021-03-10T08:25:59-0300 Firma Firma 1

Fallo

se resuelve: Que se acoge la objeción planteada, sin costas. Conforme a lo anterior, compleméntese la liquidación de fecha 17/02/2021 en el siguiente sentido: “Las costas personales deberán ser pagadas por el demandado principal CHILE BPO SOLUTIONS S.A”. (Total Costas Personales: 300.000.-). Forme parte integrante de la liquidación ya referida la presente resolución para todos los efectos legales. Notifíquese por correo electrónico a las partes que lo registren en la causa. RIT: C-31-2021 RUC: 20-4-0261840-0 Proveyó, don JUAN MARCELO BRUNA PARADA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. En Talca a diez de marzo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2021-03-10T08:25:59-0300 Firma Firma 1

Texto Completo (Preview)

QNXTPXRZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horao

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica