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Rol
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente. Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple; habida consideración, además, que los oficios no constituyen medios probatorios, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte tercerista con fecha dos de agosto pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintiocho de julio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-13917-2022.(tercería de prelación).
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte tercerista con fecha dos de agosto pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintiocho de julio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-13917-2022.(tercería de prelación).
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. Al folio 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente. Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que
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