COMPAÑÍA DE INVERSIONES QL S.A./CONSULTORIA E INVERSIONES COINCO S.A.
Rol
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Sin perjuicio de lo anterior y, a mayor abundamiento, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial, motivo por el que el arbitrio interpuesto resulta igualmente improcedente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por Asfaltos de Chile Spa., con fecha seis de septiembre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-13957-2022.(cuaderno de tercería de pago).
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por Asfaltos de Chile Spa., con fecha seis de septiembre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-13957-2022.(cuaderno de tercería de pago).
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. A los folios 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primer instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámit
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica