JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN FELIPE

ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SAN FELIPE

Rol

Fecha

3 de octubre de 2022

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En causa RIT I-13-2022, don Claudio Salas González, abogado, por la reclamada –Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe Aconcagua-, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha ocho de julio del presente año, dictada por don Arturo Eduardo Ull Yáñez, Juez titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Felipe, que acogió –en procedimiento monitorio-, la reclamación formulada por don Rodrigo Ugarte Bolumburu, en representación de la Asociación Chilena de Seguridad –“ACHS”-, en contra de la Resolución de Multa N° 3920/22/5, de fecha 24 de marzo de 2022, dictada por la entidad fiscalizadora, dejando sin efecto la multa impuesta, debiendo cada parte pagar sus costas. Funda el recurso en la causal prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo. Solicita que se “anule el fallo por haberse dictado con infracción a lo dispuesto en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, y dicte sentencia de reemplazo rechazando en el reclamo judicial interpuesto, en contra de la Resolución de Multa N° 3920/22/5 de fecha 24 de marzo de 2022 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe de Aconcagua.” (Sic).

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que el recurrente, luego de referirse a lo que denomina antecedentes de la resolución reclamada –donde alude a la fiscalización efectuada por denuncia de doña Carolina González Valdés, la reclamación judicial presentada conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, su contestación y reproducir el fundamento quinto de la sentencia, aunque asegura que son los “considerandos séptimo y octavo”-, invoca la causal de nulidad señalada, por haberse dictado la sentencia extendiéndose a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Manifiesta que en el presente caso, estamos ante una sentencia definitiva formalmente defectuosa, por contener una decisión incongruente; cita a determinado autor y sostiene que si bien

Fallo

fallo por haberse dictado con infracción a lo dispuesto en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, y dicte sentencia de reemplazo rechazando en el reclamo judicial interpuesto, en contra de la Resolución de Multa N° 3920/22/5 de fecha 24 de marzo de 2022 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe de Aconcagua.” (Sic). CONSIDERANDO: 1°) Que el recurrente, luego de referirse a lo que denomina antecedentes de la resolución reclamada –donde alude a la fiscalización efectuada por denuncia de doña Carolina González Valdés, la reclamación judicial presentada conforme a lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, su contestación y reproducir el fundamento quinto de la sentencia, aunque asegura que son los “considerandos séptimo y octavo”-, invoca la causal de nulidad señalada, por haberse dictado la sentencia extendiéndose a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Manifiesta que en el presente caso, estamos ante una sentencia definitiva formalmente defectuosa, por contener una decisión incongruente; cita a determinado autor y sostiene que si bien se resuelve sobre la cosa pedida, consistente en dejar sin efecto la multa, lo cierto es que en la justificación de la decisión se produce una desviación total respecto de las razones por las cuales aquella se planteó, modificando radicalmente la causa de pedir, emitiendo un pronunciamiento sobre un asunto que no fue planteado por la reclamante. Agrega: “En concreto, cabe recordar que la solic

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Vim C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: En causa RIT I-13-2022, don Claudio Salas González, abogado, por la reclamada –Inspección Provincial del Trabajo de San Felipe Aconcagua-, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha ocho de julio del presente año, dictada por don Arturo Eduardo Ull Yáñez, Juez titular del Juzgado de Letras

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