PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./LEPE
Rol
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto con fecha treinta y uno de agosto del año en curso, en contra de la sentencia de dos de agosto del mismo año, la que fue notificada al recurrente el dieciocho de agosto del año en curso. 2.- Que conforme la regla general establecida en el inciso primero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil el recurso de apelación contra la sentencia definitiva, debe ser interpuesto dentro de décimo día de notificada. En consecuencia, el plazo legal se encontraba vencido a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo dispuesto en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el demandado el treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, contra la sentencia de dos de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-13345-2022.
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el demandado el treinta y uno de agosto del dos mil veintidós, contra la sentencia de dos de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-13345-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, cinco de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto con fecha treinta y uno de agosto del año en curso, en contra de la sentencia de dos de agosto del mismo año, la que fue notificada al recurrente el dieciocho de agosto del año en curso. 2.- Que conforme
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