GAYELE COMPERE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
3 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica en representación de Gayele Compere, haitiana, cédula nacional de identidad N°25.763.363-2, domiciliada en Avenida Lo Ovalle 1177, depto. 1507, San Miguel, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa solicitada. Explica que el 14 de septiembre de 2020 su representada solicitó el beneficio de la permanencia definitiva y que a la fecha no se ha dictado el acto terminal respectivo, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, además de producirle diversos perjuicios, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9,14 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir en el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al organismo recurrido dictar el acto administrativo terminal correspondiente. Segundo: Que informan al tenor del recurso Antonio Henríquez Beltrán y Nicolás Cornejo Montenegro, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de la condena en costas. Indican que mediante Resolución Exenta N° 22044550, de 8 de enero de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, al solicitud pasó a la etapa de análisis finalizado, lo que implica que su solicitud fue resuelta, dictándose el acto administrativo correspondiente, totalmente tramitado y notificado a la peticionaria. Afirman que estando en tramitación la solicitud,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Gayele Compere. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Nº 19794-2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, tres de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica en representación de Gayele Compere, haitiana, cédula nacional de identidad N°25.763.363-2, domiciliada en Avenida Lo Ovalle 1177, depto. 1507, San Miguel, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representa
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