29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

3 de octubre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 391 del Código Organico de Tribunales, se revoca la resolución apelada diez de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-22283-2018 y, en su lugar, se decide: Resolviendo el escrito folio 27 del cuaderno de apremio: A lo principal, como se pide. Al segundo otrosí: como se pide, debiendo el tribunal a quo hacer la designación que corresponda. Al segundo otrosí: como se pide, en el evento que exista oposición. Al tercer otrosí: como se pide. Sin perjuicio de lo anterior, en su oportunidad el ejecutante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1464 N° 3 del Código Civil. Devuélvase. N°Civil-12492-2022. Pronunciada por la Octava Sala, integrada por el Ministro señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se decide: Resolviendo el escrito folio 27 del cuaderno de apremio: A lo principal, como se pide. Al segundo otrosí: como se pide, debiendo el tribunal a quo hacer la designación que corresponda. Al segundo otrosí: como se pide, en el evento que exista oposición. Al tercer otrosí: como se pide. Sin perjuicio de lo anterior, en su oportunidad el ejecutante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1464 N° 3 del Código Civil. Devuélvase. N°Civil-12492-2022. Pronunciada por la Octava Sala, integrada por el Ministro señor Miguel Eduardo Vazquez Plaza, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 391 del Código Organico de Tribunales, se revoca la resolución apelada diez de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-22283-2018 y, en su lugar, se decide: Resolviendo el escrito folio 27 del cua

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